Seis ex candidatos presidenciales de oposición que participaron en las pasadas elecciones del 15 de mayo, intimaron hoy a la Junta Central Electoral (JCE) para que entregue copias certificadas del cien por ciento de las actas del escrutinio manual que sirven de base a los cómputos y boletines publicados hasta la fecha por ese organismo, sobre las votaciones.
La intimación fue remitida mediante acto de alguacil a la JCE y a cada uno de sus miembros por los ex candidatos
Luis Abinader, del Partido Revolucionario Moderno (PRM); Guillermo Moreno, de Alianza País (AlPaís), y Pelegrín Castillo, de la Fuerza Nacional Progresista (FNP).
También, Minou Tavárez Mirabal, de la Alianza por la Democracia (APD); Elías Wessin Chávez, del Partido Quisqueyano Social Domócrata (PQDC), y Soraya Aquino, del Partido Unidad Nacional (PUN).
Los dirigentes indicaron que desde antes de la celebración de las elecciones han manifestado lo crucial que era para la diafanidad de los comicios que quedara claramente establecido en el nivel presidencial y en los otros niveles de elección las actas de escrutinio manual que certificaran que los votos emitidos por el pueblo en las urnas fueron efectivamente contados como manda la ley.
Argumentan que su petición está en consonancia con la resolución No. 69-2016 del 5 de mayo de 2016, que establece que “conforme a lo establecido en la Ley Electoral No. 275-97, la Junta Central Electoral ordenó el escrutinio manual del cien por ciento (100%) de los votos emitidos en el nivel Presidencial, cuyo resultado debía ser contrastado con el escrutinio electrónico.
Resaltan que dicha disposición del organismo electoral fue ratificada en el procedimiento de Escrutinio de Colegios Electorales del 12 de mayo de 2016.
Advierten que, en caso de no obtemperar al presente requerimiento, procederán por las vías que acuerda la ley.
Los ex candidatos justifican que numerosos delegados de los partidos, alianzas y coaliciones que sustentaron las candidaturas presidenciales de los requerientes, informaron que en la mayoría de los colegios electorales se produjo una negativa a proceder con el escrutinio manual y el levantamiento del acta correspondiente que permitiera el cotejo con el acta generada por el escrutinio electrónico.
Resaltan “que es una obligación ineludible de la Junta Central Electoral informar tanto a mis requirientes como partes esenciales del proceso comicial recién transcurrido, así como ante el país, el contenido de las actas de escrutinio manual que han tenido en cuenta como base para otorgar cómputos presidenciales que sirvan a su vez de base para proclamar electos al presidente y vicepresidente de la República Dominicana”.