Senado aprueba en segunda lectura Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas

Senado aprueba en segunda lectura Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas

Con la posibilidad de que el ministro de Defensa pueda ser militar o civil, creación de la clase de suboficial, el desmonte de un general por cada mil soldados, rigidez en los ascensos, obligatoriedad en la formación, mayor participación en el desarrollo económico y social del país, tiempos límites de vida militar y el cambio de nombres de las instituciones, el Senado aprobó en segunda  lectura la nueva Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

El proyecto, de la autoría del senador Adriano Sánchez Roa, establece que el Ministerio de las Fuerzas Armadas se denominará Ministerio de Defensa, la Marina de Guerra se llamará Armada de la República Dominicana, el Ejército Nacional, será Ejército de República Dominicana y la Fuerza Aérea de la República Dominicana, a fin de homologarlos a las nomenclaturas internacionales, acorde con estos tiempos.

El ministro de Defensa, designado por el Poder Ejecutivo, será retirado obligatoriamente a los dos años, sin embargo, el presidente de la República, mediante decreto, lo podrá confirmar por dos nuevos años.

En esta nueva ley del Ministerio de Defensa, se prohibirán los ascensos “honoríficos”, y los ascensos regulares se harán estrictamente por el escalafón jerárquico, evaluación del desempeño, calificaciones académicas en los cursos requeridos y antigüedad en el servicio.

Sánchez Roa explicó que nadie podrá ser ascendido si no cumple con el tiempo mínimo, que es cuatro años como segundo y primer teniente, cinco años como capitán, cuatro años como mayor y cinco años siendo  teniente coronel y coronel, y para general se deja a la potestad del Presidente de la República.

El congresista manifestó que la pieza legislativa adopta más rigideces para los asimilados o contratados que requiera el Ministerio.

El rango de general solo será por diez años y desde entonces el retiro es obligatorio, a menos que al cumplirlo se encuentre ocupando una posición de mando, lo mismo sucederá para los rangos de coroneles o capitanes de navío.

En cuanto a los ascensos “institucionales” solo se realizarán los 27 de febrero de cada año. También, a los 25 años de servicio, el retiro de un soldado es voluntario, pero a los 40 años será obligatorio.

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