Señalan estatus de azúcar y etanol bajo DR-CAFTA

Señalan estatus de azúcar y etanol bajo DR-CAFTA

POR ODALIS MEJIA
El azúcar y el etanol se exportarán a los Estados Unidos sólo mediante el sistema de cuotas, el cual no será cambiado a partir del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica y la República Dominicana (DR-CAFTA) porque son productos considerados de gran importancia en la política comercial, afirmó el David Gantz, consultor de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).

En el caso del azúcar, explicó, el agregado inicial del DR-CAFTA será de 101,000 toneladas métricas por año y sólo 15 años después aumentaría a 151,000 toneladas métricas, “lo cual refleja la sensibilidad política de respecto a la importación de azúcar hacia los Estados Unidos”. Mientras que con el etanol, señaló que independientemente de su origen,  no se comercializará  libremente dentro del DR-CAFTA y los seis países miembros compartirán las importaciones acordadas dentro de la Iniciativa para la Cuenca del Caribe (CBI).

“Si en el futuro la CBI aumenta el contingente agregado para el etanol- lo cual es posible a futuro, pero no probable – entonces el acceso del DR-CAFTA al mercado de etanol de Estados Unidos también incrementaría”, indicó Gantz, quien es especialista en derecho comercial e internacional y profesor de la Universidad de Arizona.

Detalló que el sistema de cuotas para el etanol se mantendrá debido a las negociaciones que desarrolla Estados Unidos con Brasil, pero que dentro de la CBI existen cuotas grupales y de manera individual para cada país. Dijo que a los países del DR-CAFTA se permitiría importar la materia prima desde el Brasil y procesar el producto e importarlo a Estados Unidos, tal como ya lo está haciendo El Salvador.

Apuntó que en la mayoría de los países del referido acuerdo no tienen capacidad instalada para producir materias primas de etanol, por lo que el sistema de cuotas va a continuar para entrar al mercado de los Estados Unidos.                                    

Gantz informó además que el DR-CAFTA mantendrá salvaguardas en la agricultura, los textiles y vestidos. Con relación a estas últimas mmercancías afirmó que se encuentran reguladas en un régimen separado, “lo cual refleja la sensibilidad extrema de este sector respecto de importaciones a los Estados Unidos”.

Explicó que en tal sentido se establece un parámetro relativamente alto en caso de que el aumento en importaciones de una mercancía “similar” causara “un perjuicio grave o amenaza real del mismo” a la producción nacional.

Declaró que esa importación debe ser temporal (igual o menor a tres años), puede aplicarse únicamente después de una investigación interna y requiere que la parte que la aplica deberá otorgar una compensación

En el caso de la agricultura, expresó que consciente de que los países en desarrollo tienen problemas para competir con los productos agrícolas norteamericanos se incluyeron algunas salvaguardas como por ejemplo en el caso del maíz.

Gantz habló sobre el tema en un encuentro con periodistas auspiciado por la Dirección de Comercio Exterior de la Secretaría de Industria y Comercio y la USAID con el objetivo de  analizar e interpretar los alcances del DR-CAFTA.

Consideró que dentro del acuerdo, los Estados Unidos tienen más que aportar a las restante seis naciones, algunas de las cuales podrían enviar hasta el 80% de sus exportaciones hacia la nación norteamericana.

Señaló que la no discriminación entre los países, trato de nación más favorecidas y reglas de transparencia y de derecho son los cuatros aspectos básicos que se necesitan conocer para entender los alcances del DR-CAFTA.

En cuanto a la no discriminación explicó que se trata de que inversionistas extranjeros sean tratados iguales que los nacionales, mientras con el trato de nación más favorable se busca un trato igualitario entre las naciones dentro del acuerdo.

En cuanto al capítulo de  transparencia, manifestó que  se demanda que los gobiernos sean abiertos y que las leyes y reglamentos sean presentados al público para que pueda opinar previo a su aprobación definitiva. Con relación al derecho, dijo, que se refiere a que impere un Estado de derecho que cuente con un sistema judicial y de garantías institucionales.

Aseguró que el acuerdo comercial pone énfasis en procedimientos legales, judiciales y administrativos en el ámbito nacional y además en lo relativo a la corrupción, cuyas disposiciones son relativamente nuevas en los TLC y están supuestas a tratar con un problema que es endémico en la mayoría de países en desarrollo y en varias naciones desarrolladas, pese a la existencia de legislaciones y convenciones internacionales que castigan el delito.

“Las obligaciones dentro de este capítulo requieren que la República Dominicana elimine el soborno y la corrupción en el comercio e inversión internacional”, advirtió Gantz al participar en la conferencia  sobre el DR-CAFTA.

Señaló además que la interpretación del acuerdo resulta difícil para todos, incluso para abogados con experiencia en comercio y para los más capacitados oficiales aduanales.

Agregó que el éxito del tratado en alcanzar la expansión comercial entre el grupo de países y los objetivos de desarrollo económico dependerá de su implementación por parte de las agencias gubernamentales y el sector privado.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas