Señales de infantilismo

Señales de infantilismo

CARMEN IMBERT BRUGAL
Sucesivas encuestas confirman que, a la mayoría, no le preocupa “la corrupción”. Admite su práctica, empero, la reprobación es nula. El Índice de Percepción de la Corrupción -IPC-, elaborado por Transparencia Internacional, asigna a la República Dominicana 3, en una escala que comienza con 10-altamente transparente, hasta 0- altamente corrupta-. En el IPC, el  país, está peor que Ruanda y “un poco mejor” que Mongolia, Rumania y Armenia. 

¿Qué es, para la ciudadanía, corrupción? ¿Cuán convencida está de la dimensión y consecuencias de la prevaricación, la coalición de funcionarios, la usurpación de autoridad, la falsedad en escritura pública, la sustracción cometida por los depositarios públicos, el contrabando, la estafa contra el Estado…?

No es ocioso reiterar que para cualquiera “corrupción” es un comportamiento impropio, inadecuado, no la comisión de una infracción, tipificada en el Código Penal. ¿Qué significa luchar contra la corrupción? ¿Quién debe luchar contra la corrupción y para qué?

   El “Plan Estratégico Nacional de Lucha Contra la Corrupción” fue diseñado después de celebrada la “Primera Conferencia Hacia un Plan Estratégico de Lucha Contra la Corrupción” (noviembre 1997). Ambicioso el proyecto, pleno de buenas intenciones. Una segunda Conferencia, sirvió para evaluar el desarrollo del Plan, aprobar el reglamento de las comisiones de ética, de los voluntariados de prevención de la corrupción. Se habló de un “despertar de conciencia”, de involucrar a la sociedad civil, de transparencia, diagnósticos, capacitación, declaraciones juradas. El Procurador General de la República pronunció el discurso de clausura y subrayó los tres aspectos de “la lucha”: preventivo, legal y social. Dijo que la corrupción es uno de “los graves pecados de la humanidad”. Desde entonces, el Plan lucía alejado de las prescripciones legales. Parecía una cruzada moralizadora.   

El crimen cometido por un funcionario, en el ejercicio de sus funciones, no es un pecado, es prevaricación. Cualquier empleado del orden administrativo que, por dádiva o promesa, prestare su ministerio para efectuar un acto que, aunque justo, no esté sujeto a salario, no comete un desliz, sino cohecho.  La Ley 14-91, promulgada el 29 de marzo del año 1994, establece el funcionamiento del Servicio Civil y la Carrera Administrativa, y pauta las sanciones para los servidores públicos que faltaren a sus deberes.

 Un grupo de organizaciones no gubernamentales, intenta, por enésima vez, incorporar al debate público el tema. La intención es loable, sin embargo,   persisten los errores. Re-editan mandatos morales que en nada contribuyen a infundir contundencia al propósito perseguido. De nuevo, la categoría jurídica está ausente. Referirse a “la corrupción”, omite las infracciones que se pretenden juzgar, sancionar y evitar. Es desatinado que los mentores de “la lucha contra la corrupción” se refieran a la práctica como un fenómeno, un flagelo, un cáncer…

 La población ignora que el abuso de autoridad es una infracción y el enriquecimiento, gracias al uso de la función pública, también. Cuando se quiere involucrar a la ciudadanía, para repudiar las prácticas criminales de los miembros de la administración pública, es improcedente enmascarar el comportamiento detrás de un concepto difuso. Ningún texto legal establece “la corrupción” como crimen o delito. Los crímenes y delitos contra la cosa pública están tipificados en el Título I, del Libro III del Código Penal.       

 Por desconocimiento, estrategia equivocada o para obedecer dictados internacionales, las proclamas en torno al tema eluden la mención penal, encubren la infracción. Es imprescindible el contexto jurídico, asignar a las conductas infractoras el nombre. Reivindicar códigos y leyes, conocer las obligaciones de los representantes del ministerio Público y del Poder Judicial. Las monsergas y actividades coyunturales, ratifican el irrespeto a las normas.

 Para lograr un estado de derecho es innecesario crear instancias o modificar estructuras existentes. La iniciativa más subversiva, innovadora y eficaz, es cumplir y hacer cumplir las leyes. Mientras se usen subterfugios, el colectivo continuará repitiendo frases inútiles. La minoría que opina y decide, en ocasiones, actúa como si padeciera el síndrome de Peter Pan, reniega la adultez. Cada día reinventa un quehacer, elucubra, prefiere obviar el fracaso institucional en lugar de superarlo. Imagina un mundo irreal, sin responsabilidades. “La lucha contra la corrupción” se desvanecerá si no transforma sus objetivos. El ordenamiento jurídico debe ser el protagonista y la jornada permanente, su preservación y respeto.  

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