Sentencia a Castillo constituye  hito sobre  Ley  Mercado Valores

Sentencia a Castillo constituye  hito sobre  Ley  Mercado Valores

Mientras los abogados del ex presidente del Banco del Progreso, Pedro Castillo, afirmaron que apelarán la condena de 10 años que le fue impuesta  a su defendido la noche del jueves,   tanto la parte civil constituida como el Ministerio Público, saludaron la decisión.

No obstante, el fiscal adjunto, Francisco Polanco, precisó que apenas ayer recibieron el fallo, por lo que será a partir del próximo lunes que decidirán si  recurren en apelación.

De su lado, Francisco Álvarez, del consejo de defensa de los accionistas del Banco del Progreso, calificó como positiva la sentencia, ya que en la misma se rechazó la tesis planteada por la contraparte en el sentido de  que sus representados tenían conocimiento de lo que estaba sucediendo en la entidad bancaria.

  Asimismo, saludó   que el imputado fuera encontrado culpable de violar los tipos penales que les fueron atribuidos, tales como violación a la Ley de Mercado de Valores, a  la Ley Monetaria y Financiera y al Código de Comercio, así como de haber incurrido en abuso de confianza y lavado de activos. No obstante, entiende  que la pena impuesta es muy benigna, “pues los hechos cometidos son muy graves”. Adelantó que el  lunes sostendrá una reunión con sus colegas para decidir si apelan.

 Castillo fue condenado a 10 años de prisión y  al pago de más 12 mil 200 millones de indemnización como  reparación por los daños ocasionados, tras ser acusado de un fraude superior a los 14 mil millones de pesos. Además deberá pagar una multa de dos millones de pesos. La parte acusadora había solicitado al tribunal imponer una pena de 20 años.  La sanción fue impuesta por el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por la magistrada Alina Mora e integrado además por Rafael Pacheco y Natividad Ramona Santos.     

El tribunal estableció que el móvil que llevó a Pedro Castillo a actuar como lo hizo fue  el de llevar una vida placentera, con un patrimonio desmesurado “porque es injustificable en una persona que no tenía una situación económica apremiante”.   

 “Es preciso observar sobre todo, que  es un profesional con conocimiento de causa, pues él mismo es un conocedor de negocios bancarios, además, su origen social  y su educación le permitían ser más prudente  y reconocer  que todas esas conductas eran reprochables”, indica la sentencia. Sostienen los jueces que pese a que el imputado perjudicó el patrimonio de los querellantes,   nunca mostró disposición para reparar el daño. 

Precedente

Según Francisco Álvarez       es la primera vez que un tribunal sanciona penalmente a alguien por violación a la Ley de Mercado de Valores.  Dijo que el desarrollo del mercado de valores es fundamental para la economía del país y este desarrollo descansa, al igual que el sistema monetario y financiero, en la confianza del público. 

A juicio de Á lvarez,  a  Pedro Castillo se le sanciona por ocultar información a la Superintendencia de Valores y al público en general sobre la emisión de papeles comerciales del Grupo Progreso. “Castillo publicaba que la emisión era de 2,300 millones y resultó ser de alrededor de 8,000 millones”. Para el abogado, la sanción aplicada a Castillo ayudará a disuadir a otros de ocultar información y de esa manera se ayudará a preservar “la indispensable confianza en el mercado de valores de nuestro país”.   Dijo que  la sentencia de 140 páginas no sólo condena a Castillo a pagar los daños sino también a sus compañías, bajo el argumento de que todas ellas fueron utilizadas por  el sentenciado  para la comisión de algunas de las infracciones.

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