POR TANIA HIDALGO
La juez presidente en funciones del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional confirmó ayer en todas sus partes la resolución que declaró inadmisible la acción penal seguida por la Autoridad Monetaria y Financiera contra los principales ex ejecutivos del Banco Nacional de Crédito (Bancrédito), Arturo Pellerano Peña y Juan Felipe Mendoza Gómez.
La magistrada Alina Mora de Mármol adoptó la decisión, tras conocer un recurso de oposición presentado por la Procuraduría General de la República y la Superintendencia de Bancos a la resolución incidental número 64-2007, del 23 de octubre pasado, que declaraba inadmisible una querella por un alegado fraude superior a los 23 mil millones de pesos.
En esa ocasión, la jueza argumentó que los hechos contenidos en la acusación fueron juzgados por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional mediante la sentencia número 107-2006, del 17 de agosto de 2006.
La resolución se dictó acogiendo un pedimento de los abogados Fernando Langa, Tulio H. Collado Aybar, José B. Pérez Gómez, Santiago Rodríguez y Eduardo Jorge Prats, en representación de los imputados, en virtud del principio constitucional del Non Bis In Idem, es decir que nadie puede ser juzgado dos veces por una misma causa.
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por el magistrado Antonio Sánchez Mejía, e integrado además por Ileana Fernández y Giselle Méndez, condenó a tres años de prisión y al pago de una multa de un millón de pesos al ex presidente y segundo ejecutivo del desaparecido Bancrédito.
Ambos fueron declarados culpables del crimen de falsedad y uso de escritura de bancos, alteración y manipulación de datos y documentos a los fines de desviar la fiscalización e investigación por las autoridades bancarias, financieras y monetarias, y elaboración y aprobación de estados financieros adulterados tendientes a la ocultación de operaciones irregulares.