POR PEDRO GERMOSEN
Son ilícitos, con todas sus consecuencias, los bienes adquiridos por los funcionarios públicos obligados a presentar sus declaraciones juradas de bienes y que, al momento de la adquisición, no hayan cumplido con el referido requisito legal.
Así lo establece la ley 82-79, sobre declaración jurada de bienes de los funcionarios públicos, la cual, en un párrafo de su artículo 6, dispone lo siguiente:
Párrafo.- Las adquisiciones de bienes efectuadas por un funcionario que no hubiere hecho el inventario, serán consideradas ilícitas con todas sus consecuencias, hasta prueba en contrario.
Los funcionarios obligados bajo esta ley, deberán someter esos inventarios en duplicado al Tesorero Nacional, dentro del plazo señalado en el artículo 1, es decir, dentro del mes de su toma de posesión.
El artículo 3 de la ley dispone que los inventarios deberán contener los bienes muebles e inmuebles de los declarantes, con sus valores estimados, así como los pasivos y activos.
Los funcionarios que se hubieren enriquecido ilícitamente mientras ejercen sus funciones, con motivo u ocasión de las mismas, les serán aplicables las penas previstas en los artículos del 174 al 183, ambos inclusive, del Código Penal.
La prescripción en esta materia empezará a correr a partir del día de cese en funciones, precisa la ley 82-79.
Según Participación Ciudadana, sólo han presentado declaraciones juradas de bienes 22 de los 32 senadores, 108 de los 178 diputados, 10 de los 154 síndicos y 14 regidores de unos 2,000.
Paris Goico, secretario general Legislativo del Senado, aclaró que los 32 senadores presentaron sus declaraciones juradas de bienes desde septiembre del 2006, por lo que consideró erróneo el dato respecto al Senado.