Servidor público, Declaración Jurada de Patrimonio y autoridad

Servidor público, Declaración Jurada de Patrimonio y autoridad

La presidenta de la Cámara de Cuentas externó su preocupación sobre el nivel de incumplimiento de los servidores públicos de la Ley No. 311-14, sobre Declaración Jurada de Patrimonio. Sus expresiones sobre el uso de los recursos públicos son preocupantes y reiteró su planteamiento del 2013, que con “los recursos que se distraen a través de las distintas instancias del Estado se podrían hacer dos República Dominicana”.
La declaración jurada de patrimonio es un mandato constitucional, cuya obligación no sólo es atribuida al propio declarante, sino que es deber del superior jerárquico velar de que ese servidor público a su cargo cumpla el ordenamiento jurídico. El funcionario o empleado del Estado tiene unas atribuciones y un marco de competencias definidas de las cuales está obligado a cumplir sin ningún tipo de excusas.
De 5,624 sujetos obligados para depositar su declaración, sólo 1,267 (23%) la han hecho, y de esos 486 se recibieron en tiempo hábil y 781 fuera del plazo correspondiente. Quedan pendientes “2,065 sujetos obligados a transparentar sus finanzas personales”.
¿Cómo aceptar con resignación que tenemos servidores públicos que violan la Constitución y las demás leyes? ¿Cómo entender que un funcionario público tiene bajo su cargo a otros servidores que violan el ordenamiento jurídico? A quiénes le atribuimos la responsabilidad? Al presidente de la República que cuenta con servidores públicos que no cumplen con la Constitución, con las leyes 10-04 sobre Cámara de Cuentas, 41-08 sobre función pública, 311-14 sobre declaración jurada de patrimonio. En igual situación están nuestros legisladores cuyas facultades en “nombre del pueblo” son las de fiscalización y control, deben citar a todos aquellos que bajo su cargo tienen servidores públicos que no cumplen con las disposiciones aprobadas por ellos mismos y a los funcionarios que no han materializado dicho depósito.
También deben reunirse la presidenta de la Cámara de Cuentas y el Procurador General de la República, para la coordinación interinstitucional correspondiente, porque para los ciudadanos ambos están en falta. La ley es la ley y hay que cumplirla!
La autoridad no está para denunciar sino para actuar en virtud de las competencias que le da la Constitución y las leyes, y bajo ninguna circunstancias se debe permitir situaciones que pongan en cuestionamiento la institucionalidad, cuya debilidad es alimentada por ellos mismos que no contribuyen al acatamiento de la ley.
Mientras tanto seguimos reclamando el respeto a la Constitución y de las leyes. Que no se desvíe la atención ante las faltas graves de los funcionarios y empleados públicos bajo el subterfugio de una necesaria reforma legal, mientras las leyes son de imposible cumplimiento por falta de voluntad política y de autoridad.
Mientras la ciudadanía financia al Estado, se desvía la atención frente a violaciones para que sean aceptadas con resignación, afectando la seguridad jurídica, la previsibilidad, la certeza normativa y la confianza en funcionarios y empleados públicos.

Publicaciones Relacionadas