El vicepresidente de la comisión bicamental para el estudio de la reforma del Código Penal, diputado Alexis Jiménez, anunció que reintroducirá la propuesta de enmienda para aumentar de cuatro a 10 años la pena para la persona que incurra en “actividad sexual no consentida” con la pareja con que tenga una relación.
Debido a las diferencias de criterios salidas que este tema que ha salido a relucir entre senadores y diputados que conforman la bicameral, Jiménez volverá a proponer castigo de cuatro a 10 años en el proyecto de Código Penal, como lo había aprobado la Cámara de Diputados, para tranquilidad del país.
La pena se redujo en el informe que consensuaron los legisladores hace varias semanas, reduciendo la pena de un año a cuatro años.
Sostuvo que la actividad sexual no consentida no está bien definida en el actual Código Penal, por lo que la definieron en el proyecto para que se castigue como lo establece la Ley 24-97, de Violencia Intrafamiliar.
Recordó que si la violación sexual de un adulto es seguida de la muerte, la condena alcanza de los 30 a 40 años, y además, recibir el castigo del cúmulo de pena. Lo que supone una condena mayor.
En caso de muerte
El delito por violación sexual fue aumentado de 10 a 20 años, cinco años más que la pena que se configura en la actualidad.
Para las situaciones en las que se provoca la muerte por violación sexual, la pena sube de 20 a 30 años.