Shutter Island

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Eduardo Jorge Prats

Imaginemos que, en la actualidad, como hace siglos, se hagan las cirugías sin anestesia, se castre para curar hernias, no se usen antibióticos y los leprosos sean recluidos en leprocomios. Imaginemos también que los profesionales médicos, entusiastamente, defiendan y aboguen por estas prácticas hace siglos erradicadas y que se sabe son indignas e ineficaces.

Ahora imaginemos que hoy se postule y practique que la legislación procesal penal no puede proteger a los delincuentes, que la prisión preventiva puede ser impuesta de modo ordinario en lugar de otras medidas de coerción y sin que haya peligro de fuga por parte del imputado, y que no importa tampoco que las cárceles estén sobrepobladas de decenas de miles de personas viviendo en condiciones infrahumanas y mayoritariamente siendo presuntos inocentes esperando juicio. Imaginemos también que académicos, litigantes, jueces y fiscales defiendan descaradamente esta infame e inconstitucional situación.

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La única diferencia entre estos dos escenarios, es que el primero es imaginario y el segundo es real. La pregunta es: ¿Cómo se puede ser penalista sin creer en la presunción de inocencia, que el derecho penal es la ultima ratio y que este debe proteger al imputado de las pulsiones autoritarias del poder punitivo del Estado? En otras palabras, ¿Cómo podemos ser laboralistas sin creer en el in dubio pro operario y civilistas oponiéndonos al principio de la autonomía de la voluntad? O mejor aún: ¿Cómo puede uno ser un cirujano serio y capaz si no cree ni en la anestesia ni en la antisepsia?

Cuando propulsamos la reforma procesal penal garantista, nos decían que no fuéramos impacientes, que esperáramos tranquilamente que murieran los partidarios de los paradigmas autoritarios. Pero… ¿Qué pasa cuando esos viejos paradigmas, como las penas que Frida Kahlo quería ahogar en alcohol, aprenden a nadar y se reciclan, apelando desvergonzadamente a mecanismos hermenéuticos neoconstitucionales como esa [mala] ponderación que, instrumentando contra legem el principio “in dubio pro jódete”, tanto daño ha infligido a los imputados en los juicios de fondo y de medidas de coerción?

Andrés Rosler recuerda que el canonista Guillermo Durando afirmaba que “incluso al diablo, si está en juicio, no se le negará la defensa”. En verdad, aquí, donde reina la igualdad ante el atropello y no ante la ley, no hay proceso sin presos y tenemos a un juez, al fiscal, a la víctima y a la prensa como acusadores, estando solo acusados de estar acusados o imputados por porte ilegal de cara o de carné de partido, necesitamos realmente a Dios como abogado.

A veces uno siente, a pesar de conocer medianamente las leyes, que está loco en medio de este Derecho degenerado jurisprudencialmente, que ha instalado una colonia penal de presuntos inocentes declarados -sin juicio previo- culpables y encerrados “provisionalmente” por años, gracias a la insaciable locura punitiva de la sociedad, azuzada por la incansable alianza infernal prensa-redes sociales-sistema judicial penal. Pero, como afirma Madeleine Roux, “la locura es relativa, depende de quien tiene a quien encerrado en qué jaula”.