POR TANIA HIDALGO
El fiscal del Distrito Nacional, José Manuel Hernández Peguero, afirmó ayer que continúan avanzando las investigaciones contra el periodista Guillermo Gómez, al tiempo de señalar que se detectó la transferencia a una cuenta en Suiza de los 10 millones de dólares que dieron origen a la persecución judicial.
«Ese dinero es del pueblo dominicano. A raíz de las investigaciones esos recursos se transfirieron a un banco en Suiza a nombre de otra persona gracias a la decisión de la Corte de Apelación que rechazó la inmovilización de la cuenta. El pueblo dominicano sufrió por ese dinero en el año 2003», declaró el representante del Ministerio Público.
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por el fiscal y el procurador general de la Corte de Apelación fundamentada en que las decisiones sobre medidas de coerción no pueden ser recurridas en casación.
«La investigación contra ese comunicador sigue abierta y es un deber del Ministerio Público identificar los responsables de los hechos delictivos y procurar en los tribunales las debidas sanciones. La impunidad lo que trae consigo es que jóvenes que están en los barrios desamparados vean como algunos que dicen ser ricos pretenden enrostrarle que por cualquier medio se puede conseguir dinero», refirió Hernández Peguero.
El fiscal del Distrito Nacional interpuso un recurso de casación por ante la SCJ contra una sentencia de la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que revocó dos resoluciones que ordenaban la congelación de las cuentas del periodista Guillermo Gómez, en la entidad financiera BDI, ascendente a RD$258,840,500.18, así como la imposición de medidas de coerción.
Ambas medidas habían sido impuestas por la jueza del Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Natividad Ramona de los Santos.
En la instancia presentada por ante el máximo tribunal de justicia, el fiscal José Manuel Hernández Peguero indica que
«este recurso de casación procede debido a una evidente aplicación errónea de la disposición de orden legal relativa al principio non bis in idem».
Sostiene que la actuación procesal ante el Ministerio Público a la que estuvo expuesto el imputado Guillermo Gómez no contiene los elementos exigidos para la aplicación del referido principio, ya que éste aplica para la cosa juzgada, es decir, frente a una decisión jurisdiccional, lo cual no es el caso, ya que el acusado nunca fue juzgado por los hechos por los cuales es investigado en esta oportunidad.Asimismo, agrega que los hechos atribuidos ahora al comunicador social no se limitan a una violación de la Ley número 72-02 sobre Lavado de Activos, sino que también se han adicionado cargos por el delito de evasión fiscal.
«Que las decisiones invocadas por la Corte para justificar que el señor Guillermo Gómez ha sido juzgado por violación a la ley 72-02 (sentencia número 306-2004 de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional y dictamen del procurador fiscal de 27 de julio de 2004) pronuncian pura y simplemente la inadmisibilidad de las denuncias presentadas por los señores Norberto Rondón y Amable Peña Caraballo, sin evaluar ninguna cuestión de fondo: que, por tanto, de modo esas decisiones pueden tener el carácter de sentencia condenatoria o absolutoria respecto del hecho punible de que se trata para establecer cosa juzgada, por lo que se muestra la errónea aplicación que hizo en el caso de la especie la corte a qua del principio non bis in idem», indica el fiscal en el recurso.
El tribunal de segunda instancia conformado por los magistrados Miriam Germán Brito, Manuel Hernández Victoria y Wendy Martínez Mejía emitió el 9 de mayo pasado la sentencia número 294-2006, la cual indica que después de haber deliberado y actuando por autoridad propia, revoca y deja sin efecto las resoluciones número 0362-2006 y 0374-2006, en virtud del artículo 415 inciso 2 del Código Procesal Penal.
La primera resolución ordenaba la inmovilización de las cuentas del comunicador social, productor del programa Aeromundo, que se transmite todos los domingos por Color Visión, mientras que a través de la segunda se le imponían medidas de coerción consistente en una garantía económica ascendente a cinco millones de pesos.
La magistrada había ordenado que los recursos pasaran a una cuentan a nombre de la Procuraduría General de la República, tras considerar que el Ministerio Público lleva a cabo una investigación sobre lavado de activos.