Sindicalistas esperan que empresarios hagan hoy propuesta concreta en CNS

Sindicalistas esperan que empresarios hagan hoy propuesta concreta en CNS

Las confederaciones Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), Autónoma Sindical Clasista (CASC) y Nacional de la Unidad Sindical (CNUS) esperan que los empresarios hagan hoy una propuesta concreta en la reunión del Comité Nacional de Salarios (CNS).

“Lo que esperamos de los empresarios mañana (hoy) es una propuesta concreta a la posición que el movimiento sindical ha depositado en el Comité Nacional de Salarios que consiste en un aumento de 30 por ciento al salario mínimo no sectorizado”, dijo el presidente del CNUS, Rafael -Pepe-Abreu.

Cree que el sector empleador debería dejar de dar vueltas sobre la clasificación de las empresas y concentrarse en hacer una propuesta de aumento salarial.

En tanto, el presidente de la CNTD, Jacobo Ramos, advirtió que si los empresarios no llevan hoy una propuesta al Comité Nacional de Salarios, el sector sindical realizará movilizaciones en todo el territorio nacional.

Los sindicalistas tampoco descartan una huelga nacional, lo cual no es deseable en este momento que vive el país.

El Comité Nacional de Salarios se ha reunido en tres ocasiones, sin que el sector empleador haya llevado una propuesta de alza salarial, porque la ha supeditado a una clasificación de las empresas.

Los sindicalistas consideran que la propuesta hecha por el sector empresarial ante el CNS, de que se aplique la reclasificación contenida en la Ley 488-08, resulta ser contraria al mandato del artículo 455 del Código de Trabajo y a la esencia de la propia ley, puesto que se trata de una clasificación hecha con fines diferentes a los de fijar salarios mínimos.

Recuerdan a los empresarios que el artículo primero de la Ley 488-08, que se refiere al objeto de la misma, establece que es, entre otros, el de mejorar la distribución del ingreso, reducir la pobreza y clasificar a las micro, pequeñas y medianas empresas, a fin de que las políticas de apoyo estén orientadas a los segmentos más vulnerables del empresariado, sin referirse al mecanismo adecuado para la fijación de salarios mínimos, puesto que su fin es otro muy diferente.

Señalaron al empresariado que lo relativo a la fijación de salarios mínimos está contemplado en los artículos del 452 al 464 inclusive, del Código de Trabajo y es al sector empleador al que se debe recurrir para hacer cualquier propuesta en torno a la forma de fijar una tarifa.

Dijeron que el artículo 455 del Código de Trabajo establece que el Comité Nacional de Salarios está encargado de fijar tarifas de salarios mínimos para los trabajadores de todas las actividades económicas, incluyendo las agrícolas, comerciales, industriales y de cualquier otra naturaleza que se realicen en el país.

Expresaron que mal podría recomendarse que se recurra a una ley concebida con fines completamente diferentes.

Las tres centrales sindicales llamaron al Comité Nacional de Salarios a ser proactivo y lograr un acercamiento entre las partes que permita un acuerdo tarifario que beneficiará a miles de empleados.

 

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