Síndico y Ayuntamiento Distrito Nacional procuran
limpiar cara publicidad Exterior

Síndico y Ayuntamiento Distrito Nacional procuran <BR>limpiar cara publicidad Exterior

POR DONALD ROWLAND
El Esfuerzo del Alcalde Roberto Salcedo y de la Sala Capitular busca regularizar y ordenar las funciones de este sector, convencidos como están de que la característica primera que define la posibilidad de alcanzar la categoría de ciudad posible, reside en la limpieza del entorno ciudadano teniendo como base la regulación y el ordenamiento del espacio público utilizado por los promotores de la actividad denominada publicidad exterior.

La ciudad de Santo Domingo, en ese sentido, ha adolecido, entre otros males seculares, de un ordenado y coherente sistema que permita la utilización del espacio público urbano de una manera racional y eficiente, tal como acontece en las ciudades medianamente organizadas en otros países del mundo.

Como consecuencia de esta realidad los habitantes de esta capital, así como los visitantes que a ella arriban, tanto nacionales como extranjeros, regularmente han tenido que sufrir de manera constante de un alto nivel de contaminación visual y de peligrosas e incomodas situaciones en el uso diario de las vías públicas.

Los directivos de los sucesivos cabildos que a través de los años han dirigido el Ayuntamiento del Distrito Nacional han fallado en ponerle atención a una de sus principales responsabilidades, como es el de crear las condiciones necesarias para que un sector tan importante como éste encuentre fórmulas que lo conduzca a operar de manera similar a como lo hacen los usuarios de las ondas radiofónicas que disfrutan de ese privilegio que le concede el Estado, pero bajo las más estrictas normas y reglamentos del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).

La denominada ciudad posible es viable únicamente en la medida en que se pueda poner coto a la tendencia hacia una mayor arrabalización del espacio público, propiedad exclusiva de sus habitantes, quienes tienen el derecho a vivir en un entorno descontaminado y apto para su sano disfrute.

En esa tarea se encuentran los actuales directivos del Ayuntamiento del Distrito Nacional, con su Síndico Roberto Salcedo a la cabeza, quienes han venido asumiendo esta responsabilidad frente a las diversas empresas dedicadas a la explotación comercial de la llamada publicidad exterior o «outdoor advertising» como le llaman los anglosajones.

EN PROCURA DEL ORDEN PÚBLICO

El movimiento que se verifica ahora en nuestro país no es nada nuevo. Ya en países calificados como desarrollados estas diferencias entre las empresas de publicidad exterior y los ayuntamientos fue planteada, abordada y solucionada cuando a finales de la década del 70 el término polución visual -con todas las connotaciones negativas que conlleva- empieza a asociarse a la publicidad exterior.

La sensibilización de la sociedad hacia temas medioambientales, junto a la proliferación incontrolada de carteleras genera una corriente de opinión contraria a la publicidad exterior que se fragua a finales de esa década y se comienza a considerar como un elemento distorsionante que contribuye al deterioro del paisaje natural -caso de las carteleras instaladas en carreteras- o agrede al entorno urbano, especialmente si se trata de zonas arquitectónicas con valor histórico-artístico.

RESOLUCIÓN 46-99 RIGE AÚN ACTIVIDAD PUBLICITARIA

En la actualidad la publicidad exterior colocada en la ciudad de Santo Domingo, se rige por la resolución 46-99, del año 2001, la cual incluye un pacto de regulación de la propaganda política y respeto al ornato público, refrendado por el propio Ayuntamiento del Distrito Nacional, la Junta Central Electoral, Participación Ciudadana, Confederación Nacional de Juntas de Vecinos, Asociación de Hoteles de Santo Domingo, y un gran número de partidos y movimientos políticos del país.

Los dos primeros articulados de la Resolución expresan que el presente Reglamento regula las condiciones a las cuales deben de someterse las instalaciones publicitarias perceptibles desde la vía pública.

Al referirse a las instalaciones en sí, especifica que los diseños y construcciones de los soportes publicitarios y todos sus elementos y estructuras de sustentación, así como su conjunto, deben responder a una estructura modular que les permita, en condiciones climáticas de alto riesgo, ser desmontables para garantizar amplias condiciones de seguridad para la vida y las propiedades de los munícipes.

Los soportes y letreros que no se ajusten a la especificación anterior deben presentar un diseño estructural realizado por un miembro del CODIA, que garantice la resistencia a limites de presión de vientos no menor de 180 Km. /H.

Para el otorgamiento de nuevos permisos de instalación de estas estructuras se notificará a los vecinos colindantes, en los casos de las áreas no comerciales de incidencia del emplazamiento, a fin de que si existe oposición u objeción, puedan presentar sus argumentos dentro de las 48 horas siguientes a la notificación por ante la Oficina de Obras Públicas Urbanas del Ayuntamiento del Distrito Nacional. La no presentación de dichas objeciones u oposiciones, presupone su aceptación.

Como sucede con la mayoría de las leyes y reglamentos vigentes en el país, estas no se están cumpliendo a cabalidad por lo cual se le debe dar todo el apoyo necesario a la labor de adecentamiento del espacio público que vienen promoviendo el Síndico y el Ayuntamiento del Distrito Nacional.

d.rowlan@verizon.net.do

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