Sisalril dice pacientes con covid-19 no tendrán copago en las clínicas

Sisalril dice  pacientes con covid-19 no tendrán copago en  las clínicas

Doctor Pedro Luís Castellanos, reunió Tras 14 años sin operar, inician formalmente los trabajos del Comité Interinstitucional de Salud y Riesgos Laborales en la Superintendente de Salud y Riesgos Laborales Santo Domingo República Dominicana. 30 de julio de 2015. Foto Pedro Sosa

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, las clínicas privadas y la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (Adars) acordaron que los pacientes con covid-19 ingresados en esos centros de salud no tendrán copago por un período de dos meses.
El acuerdo lo hizo la Sisalril, la Asociación de Clínicas Privadas, la Asociación Dominicana de ARS, la Asociación de Igualas Médicas y ARS y el Seguro Nacional de Salud (Senasa), para favorecer la atención de pacientes con covid, afiliados al sistema dominicano de seguridad Social, por parte de establecimientos de salud privados.
De esta forma amplían la red de servicios disponibles para pacientes sintomáticos afectados por la enfermedad viral y se reducirá considerablemente los copagos de los pacientes. Estas disposiciones aplican para los afiliados al plan básico del Seguro Familiar de Salud, planes especiales de pensionados y planes complementarios y voluntarios regulados por la Sisalril, inicialmente por un período de dos meses, a partir del 01 de abril del presente año.
Las ARS, de forma voluntaria y como un aporte adicional a sus afiliados, han acordado cubrir las cuotas moderadoras copagos por concepto de internamiento de los pacientes afectados por la enfermedad. debidamente confirmados, que requieran internamiento. De esta forma, los pacientes afiliados no deberán pagar copagos por estos servicios durante los próximos dos meses.
Se dispuso agilizar el flujo de pagos de las ARS hacia los prestadores de servicios de Salud. Entre ellos, mecanismos expeditos para actualizar deudas previamente conciliadas y para los pagos correspondientes a los meses de abril y mayo, sin que se retrasen por los habituales procesos

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