Sobeida podrá salir del país a partir de junio de 2015

Sobeida podrá salir del país a partir de junio de 2015

La exconvicta Sobeida Félix Morel podrá salir del territorio dominicano a partir del 15 de junio del 2015, cuando cumpla a cabalidad su pena de cinco años por lavado de activos, impuesta en 2011, y se extingan las restricciones de la libertad condicional bajo las que tendrá que vivir por ahora, explicó su abogado Félix Portes.

Además, tendrá que firmar el libro de control el tercer viernes de cada mes a partir de julio próximo, en las secretarías del tribunal y de la Procuraduría General de la Corte de Apelación, ambos del distrito judicial de San Cristóbal, y abstenerse del abuso de bebidas alcohólicas y de frecuentar lugares nocturnos, como bares y discotecas.

Según Portes, Sobeida había excedido los requisitos que establece la ley para conceder la libertad condicional. Tenía cumplido un 80 por ciento de la pena y durante su reclusión en la cárcel se portó muy bien, nunca se vio envuelta en conflictos con otras reclusas ni en ningún tipo de escándalo. 

Seguridad. El abogado indicó que no se han contratado servicios de vigilancia ni guardaespaldas para la ex convicta, simplemente tendrá que tener un ritmo de vida muy prudente, saber dónde estar y con quién estar.

Vivirá y trabajará en la ciudad de Santiago, con Portes, devengando un salario de RD$ 15,000 pesos.

De acuerdo al jurista, estos fueron algunos de los acuerdos a los que se llegaron para que Sobeida fuera favorecida con la libertad condicional.

Portes dijo que apuesta a que su  cliente y amiga «hará lo correcto», compromiso que asumió con los que confiaron en darle la libertad condicional.

«Sobeida está segura, tranquila y preparada para reincorporarse a la sociedad», aseguró.

El viernes pasado Sobeida tuvo que desembolsar a su salida del Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Mujeres RD$100,000 para ser favorecida con la libertad condicional, como parte de una multa de RD$255,850 que le impuso el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional mediante su sentencia del 26 de septiembre del 2011.

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