Sobre la evasión del ITBIS

Sobre la evasión del ITBIS

El Ministro Administrativo de la Presidencia dijo que la evasión del ITBIS es 40%, pero la realidad es otra, es de 29.7% como dijo la Dirección General de Impuestos Internos, por debajo del promedio Latinoamericano de 31.8%. Debe aclararse que es como porcentaje del ITBIS potencial, el que idealmente debe cobrarse, el que en ninguna parte se cobra en su totalidad. Que para calcularlo por actividad y sectores económicos como debe ser, se necesitan datos desagregados sobre consumo privado y público, provenientes de encuestas, y datos de la matriz de Insumo Producto.
Como los últimos no están disponibles aquí ni en ninguna parte, se acostumbra hacer el cálculo a nivel agregado, con datos sobre recaudación real, como porcentaje del gasto de consumo privado y público, y la tasa legal del ITBIS. El BID (Ana Corbacho, Vicente Fretes Cibils y Eduardo Lora) lo hizo para algunos países de América Latina.
Si usamos la metodología, se confirma que la evasión es como dijo la DGII, está por debajo de 30 por ciento. Que se ha reducido comparando el porcentaje con la evasión de 2008, por ejemplo. El cálculo también entrega los porcentajes y las diferentes razones por las que se deja de cobrar del ITBIS potencial: 1) Por gasto tributario se pierde la cuarta parte (25%); 2) por regímenes especiales a pequeños contribuyentes y productores agrícolas, por diseño del impuesto e informalidad de los negocios, un poco menos de la quinta parte (16.4%); 3) por evasión un poco más de la cuarta parte (29%). La diferencia, para completar el 100%, es lo que efectivamente se cobra.
La experiencia en algunos países de la OCDE es que, con los instrumentos legales en vigencia, una vez se ha llegado a determinado nivel de evasión con respecto al ITBIS potencial, es difícil una reducción de un punto porcentual. Para cada país el nivel es diferente, es posible que el nuestro no esté muy lejos del mencionado 29% en que nos encontramos.
Razón por la que, para continuar con éxito el combate a la evasión, en la reforma fiscal deberán ponderarse varias acciones. Uno, eliminar los incentivos que puedan existir para la aventura de retener impuestos que los consumidores pagan cuando compran bienes y servicios. Dos, mejorar el diseño del impuesto, a fin de reducir los regímenes especiales y la informalidad de los negocios. Y tres, racionalizar las exenciones, lo que implicará reducir de manera ordenada el gasto tributario total, que aumenta cada vez que se prepara el presupuesto público, acumulando RD$862 mil millones en el periodo 2010-2015. Este año ascenderá a RD$212,378.9 millones, equivalentes a 3.18% del PIB, el 51% será por exenciones generalizadas y específicas del ITBIS, la suma de RD$108,418 millones, 1.62% del PIB.
Para que los ingresos tributarios se muevan con el ritmo de la economía, deben hacerse cambios legales que permitan elevar la recaudación del impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio, además de reducir el gasto tributario de 3.18% a 2% del PIB. Con lo último el Fisco estaría recuperando alrededor de setentiocho mil millones de pesos, incluyendo reducción de exenciones por concepto de ITBIS, condicionado a que no se penalice la comida, la medicina y la educación.

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