Los representantes de la agrupación política El País Que Queremos, Bartolomé Pujals y Lety Melgen, sometieron al Tribunal Constitucional (TC) una demanda en “intervención voluntaria” a propósito de la acción de inconstitucionalidad presentada por varios partidos opositores contra algunos artículos de la recién aprobada Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
La demanda en intervención voluntaria, depositado en el alto tribunal por los abogados Jaime Luis Rodríguez y Héctor Gómez Morales, se fundamenta en que los intervinientes forman parte de una organización política, El País Que Queremos, que ha iniciado el proceso de reconocimiento como agrupación política con alcance provincial.
En ese sentido, Jaime L. Rodríguez explica que, como representantes de dicha organización, Pujals y Melgen estarían eventualmente expuestos a que les sean aplicadas las disposiciones contenidas en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, situación que los hace poseedores de un interés legítimo y jurídicamente protegido para intervenir en el proceso que se ha iniciado con la acción directa en inconstitucionalidad contenida en el expediente 01-2018-0050 del TC.
Entre los artículos de la ley de partidos atacados por la demanda, se encuentran los números 8, 25.12 y 49.3, por ser presuntamente contrarios a varias disposiciones constitucionales y que se refieren a la libertad de expresión, así como al funcionamiento, la democracia interna, la escogencia de candidaturas y las alianzas de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
Solicitud. Tras exponer las razones jurídicas y los argumentos constitucionales que sustentan el recurso de intervención voluntaria sometido por Pujals y Melgen, sus abogados solicitan al TC declarar la inconstitucionalidad parcial del artículo 8 de la Ley 33-18 alegando que vulnera los artículos 49, 69 y 216 de la Constitución.
Asimismo, se solicita declarar la inconstitucionalidad total del artículo 25, numeral 2 de la referida ley por “vulnerar los artículos 39: 212 párrafo IV; 216, numeral 2 y 47 de la Constitución, y en consecuencia eliminar dicha disposición del ordenamiento jurídico”.
Pujals y Melgen también piden la eliminación total del artículo 49, numeral 3 de la mencionada ley porque según se alega en el recurso sometido al Tribunal Constitucional contradice los artículos 22, numeral 1 y 47 de la Constitución dominicana.
La acción directa de inconstitucionalidad contra varias disposiciones de la Ley 33-18 fue interpuesta ante el TC por los partidos Alianza País, Partido Humanista Dominicano (PHD), Partido Dominicanos por el Cambio (DxC), Frente Amplio (FA), Fuerza Nacional Progresista (FNP), Alianza Por la Democracia (APD), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD) y Opción Democrática (OD).