Solo “Chú” se salva de juicio por no estar en delaciones premiadas

Solo “Chú” se salva de juicio por no estar en delaciones premiadas

El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco. Durante lectura de la sentencia del caso odebrecht a los siente imputados de soborno de 92 millones de dólares en la Suprema Corte de Justicia de Santo Domingo República Dominicana. 21 de junio de 2019. Foto Pedro Sosa

El juez de la instrucción especial Francisco Ortega envió ayer a juicio de fondo a seis de los siete imputados en el caso de los US$92 millones de sobornos pagados por Odebrecht, y dictó auto de “No Ha Lugar” a favor del expresidente del Senado Jesús (Chu) Vásquez, por insuficiencia de pruebas en su contra.
Contra Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Conrado Pittaluga Arzeno, Andrés Bautista García, el senador Tommy Galán y Roberto Rodríguez Hernández dictó auto de apertura a juicio, y le ratificó las medidas de coerción, así como la inmovilización de fondos.
También ordenó inscripción de hipoteca judicial sobre sus bienes inmuebles personales, en los términos previstos en el artículo 243 del Código Procesal Penal.
Mediante su Resolución número 005/2019, de ayer 21 de junio, el magistrado Ortega también admitió todas las pruebas materiales, documentales, testimoniales e ilustrativas ofertadas por el MP y por los acusados, para que su presentación y discusión en el juicio de fondo, con excepción de la documentación relativa al préstamo entre la empresa Indoequipesa y el Mein Bank (Antigua) LTD.
También excluye el testimonio de Johanna Carolina Monaga Espinal, porque el MP desistió de su incorporación; y la documentación emitida por la Junta Central Electoral (JCE) contentiva de actas de nacimiento.
El magistrado Ortega ordenó la remisión íntegra de su decisión contenida en la Resolución número 005/2019, del 21 de junio en curso, a la secretaría general de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), e intimó a todas las partes en el proceso a comparecer dentro del plazo común de cinco (5) días a partir de la notiticación de la misma, ante el tribunal de juicio, para que señalen el lugar donde les serán notificadas las actuaciones que correspondan
La exclusión de Chu. El juez justificó su auto de No Ha Lugar a favor del exsenador ,afirmando que los elementos de prueba ofertados por el MP en la imputación específica en su contra, “resultan insuficientes para fundamentar la acusación en los términos previstos en el artículo 304 del Código Procesal Penal”.
En su acusación, el MP le atribuye a Vásquez participación específica en soborno en el ejercicio de la función pública; enriquecimiento patrimonial, y lavado de activos producto de infracciones graves.
No está en delaciones. Sin embargo, en uno de los “Considerando” de la Resolución del juez Ortega se resalta que Chu es el único de los encartados que no figura en las delaciones premiadas que son la base probatoria del soborno, que es uno de los ilícitos penales cuya presunta violación plantea el MP.
Indica que en el supuesto esencial del marco imputador general y en ese contexto, constan como pruebas documentales comunes las declaraciones de los empleados de Odebrecht Marcelo Odebrecht, Ernesto Sá Viera Baiardi, Hilberto Mascarenhas Alves Da Silva Filho, Luiz Eduardo Da Rocha Soarez, Luiz Antonio Mameri y Marco Antonio Vasconcello Cruz, incorporadas al proceso con base a la cooperación internacional entre la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General de Brasil y el Ministerio Público de la República Dominicana.
“…y que se refieren a seis (6) de los siete (7) encartados, es decir, a los ciudadanos Ángel Rondón Rijo, Víctor José Díaz Rúa, Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, Porfirio Andrés Bautista García, Juan Roberto Rodríguez Hernández, y Tommy Alberto Galán Grullón, exceptuando al ciudadano Jesús Antonio Vásquez Martínez …”

Publicaciones Relacionadas

Más leídas