Someten a justicia deudores con préstamos
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Someten a justicia deudores con préstamos <BR data-src=https://hoy.com.do/wp-content/uploads/2005/07/458664EF-1349-40E1-91DB-6A517D43427F.jpeg?x22434 decoding=async data-eio-rwidth=324 data-eio-rheight=390><noscript><img
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POR EVARISTO RUBENS
El Banco Agrícola (Bagrícola) anunció el sometimiento a la justicia de los productores agropecuarios con deudas vencidas y que se han negado a saldar sus compromisos concertados con la institución. Lo dijo el administrador del Bagrícola, Carlos Segura Fóster, quien explicó que las deudas vencidas de productores alcanzan a unos RD$1,093.3 millones, cuya recuperación persigue ampliar la cartera crediticia.

Dijo que los agentes de desarrollo han hecho grandes esfuerzos, a fin de lograr que los productores agropecuarios con deudas vencidas se pongan al día, pero decenas de ellos no lo han hecho, por lo que, explicó, se está procediendo judicialmente contra ellos.

Arroceros, caficultores, cebolleros, cacaotaleros, ganaderos, plataneros, horticultores, avicultores y otros, tienen deudas vencidas desde el 2001. Esos deudores han recibido varios plazos para que se pongan al día con la institución financiera, pero tampoco han cumplido.

Expresó que el Bagrícola está contratando a un equipo de abogados que se encargará de someter a la justicia a esos productores morosos y darle seguimiento a cada uno de los casos.

Segura Fóster recordó que la Ley 172-03, sobre bonos internos estableció como fecha límite el 30 de septiembre de 2004 para que los productores con deudas vencidas al 31 de diciembre de 2002 renegocien sus préstamos vencidos con la institución.

Indicó que vencido ese plazo y como los productores no acudieron a renegociar sus deudas, el directorio ejecutivo de la institución entonces lo prorrogó hasta el 31 de marzo pasado, pero que tampoco lo acogieron.

Precisó que se ha otorgado suficiente tiempo a los productores para que se pongan al día, por lo que llegó el momento de aplicar la Ley 6186 sobre fomento agrícola de fecha 12 de febrero de 1963, la cual rige las operaciones de la institución.

Esa legislación establece en su artículo 214 que si dentro de los 90 días subsiguientes al vencimiento de un crédito, el prestatario no cumple con el pago debido, el Banco Agrícola podrá incautar los bienes puestos en garantías.

La Ley 6186 especifica, además, en el artículo 223 que cuando la garantía consista en cosechas, si el prestatario faltare al pago de su obligación en todo o en parte, el gravamen se extenderá sobre las cosechas subsiguientes del deudor y continuarán siendo aplicables las disposiciones de esa ley.

El administrador del Banco Agrícola dijo que no se quiere hacer daño a ningún productor, pero que los deudores morosos deben comprender que la demanda crediticia del campo va creciendo y que es necesario que la institución vaya obteniendo recursos para facilitar financiamiento a quienes lo requieran.

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