Someten demanda Domínguez Brito y a titular de Pepca

Someten demanda Domínguez Brito y a titular de Pepca

El exconsejero del Poder Judicial, Francisco Arias Valera, demandó ayer al exprocurador Francisco Domínguez Brito; a la titular de la Pepca, Laura Guerrero Pelletier, y a los magistrados José del Carmen Sepúlveda y Bienvenido Ventura Cuevas, en reparación de daños y perjuicios por “uso abusivo e ilícito” de las vías de derecho, y al pago de una indemnización de RD$20 millones.

Mediante acto de alguacil, los cuatro funcionarios fueron emplazados para que, dentro del plazo de una octava franca legal y por ministerio de abogado, a partir de la fecha comparezcan por ante la presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sito en el Centro de los Héroes.

La instancia contentiva de la demanda fue depositada por el abogado de Arias Valera, doctor Carlos Balcácer.

En la misma el jurista califica como abusivo e irresponsable de parte de los funcionarios demandados, trabar medidas cautelares en contra de bienes económicos “fruto del trabajo tesonero y honrado” de Arias Valera, sin imposición que implique lavado de activos, como lo demuestra el acto conclusivo y de solicitud de apertura a juicio de los funcionarios demandados.

Afirmó fue de fácil comprobación que dicha acusación “adolecía de la violación a la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y por lo tanto no se solicitaba enriquecimiento a mi requeriente por tal presupuesto criminoso”.

Afirmó que eso motivó que varios jueces en sus respectivas competencias, levantaran las medidas cautelares que afectaban e inmovilizaban los valores de Arias Valera y los de la también imputada Awilda Reyes Beltré, sin embargo, el Ministerio Público otorgó aquiescencia al levantamiento de la congelación de los recursos de la jueza, no así al de Arias Valera.

Balcácer señaló que como acuerdan los artículos 1382 y siguientes del Código Civil, la acción de reclamación de daños y perjuicios, puede hacerse por cause procesal civil o accesoriamente a la acción pública en el mismo cause represivo, o exclusivamente por la vía de lo civil, acogiéndose al principio de “Electa una vía”.

Pedimentos. Por todas esas y otras razones, el demandante solicita condenar a Domínguez Brito, Guerrero Pelletier,, Sepúlveda y Ventura Cuevas al pago de la suma de RD$20 millones por daños y perjuicios, “al atribuírsele como ejecutado un hecho criminal, y que devino en abandono ante la falta probatoria”.

Además, al pago de un 1.5% de interés mensual sobre el monto indemnizatorio, mérito a lo establecido en el artículo 1153 del Código Civil, y de un astreinte de RD$100,000 por cada día que transcurra en el eventual incumplimiento de la sentencia que habrá de intervenir, en provecho de la Liga Contra el Cáncer.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas