SP y cabildos, años varados en planes sobre venta alimentos

SP y cabildos, años varados en planes sobre venta alimentos

Pese a la urgencia, al peligro de contaminación al que cada día están expuestos miles de consumidores, en República Dominicana no se ha aplicado una estrategia orientada a sanear la venta callejera de alimentos, contrario a países de América Latina que en interés de prevenir brotes epidémicos organizaron el sector, habilitaron zonas para ubicar a los vendedores y desarrollaron programas educativos, de supervisión y dotación de microcréditos para mejorar la infraestructura.

Desde hace años, el Ministerio de Salud Pública y los cabildos han estado varados en ¡¡¡planes!!!, estancados en la fase de diseño de políticas que no encontraron la voluntad ni los recursos para enfrentar y prevenir la transmisión de enfermedades por alimentos.
Sin prevención, los daños y gastos en ese tipo de patologías son cada vez más cuantiosos, demandan una inversión incomparablemente superior a la que pudiera costar la organización del sector.

Normativa. No obstante, el peligro latente, no se aplica la normativa establecida en la Ley de Salud sobre el control sanitario en las ventas callejeras, no ejecutan acciones sistemáticas que garanticen la inocuidad de los alimentos que expenden, salvo alguna esporádica acción coyuntural.

Alienta que Salud Pública esté preparando los perfiles de un personal idóneo para la supervisión, no presto al soborno, como informó la ministra de Salud Pública, Altagracia Guzmán Marcelino.

Asimismo, que decidieran iniciar la indispensable tarea de la educación, que nunca ha sido sistemática. No ha tenido continuidad con una supervisión que asegure la aplicación de los conocimientos adquiridos.

Se espera que puedan aplicarse las políticas diseñadas para mejorar el sector por la Dirección General de Alimentos, Medicamentos y Productos Sanitarios, creada a inicios de la gestión de Guzmán Marcelino.

Mientras, pacientes llenan hospitales aquejados de gastritis, amebiasis originadas en jugos con agua contaminada, frutas, carnes que transmiten diversas enfermedades que engullen los fondos de la prevención, elevan el gasto estatal en salud curativa, además de sangrar el presupuesto familiar.

Organización. Bolivia, Honduras, Perú, Colombia, diversos países de América Latina y Asia adoptaron medidas para organizar las ventas callejeras, impulsados por la Organización Panamericana de la Salud y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, que ofrecieron asesoría.

¿Por qué no se ha hecho en un país como el nuestro que ha mantenido un crecimiento económico sostenido en los últimos decenios? Nada justifica que el Estado no se haya ocupado del daño a la salud y la arrabalización urbana que deriva de esos negocios.

Las estrategias están trazadas. La Comisión del Codex Alimentarius formuló los requisitos de inocuidad para orientar a los gobiernos con medidas específicas aplicables a las ventas ambulantes.

Varias ONG se han involucrado, entidades como la fundación inglesa Streth Food, se ocuparon de educar vendedores callejeros de alimentos, lográndose niveles óptimos en Tailandia, con la mundialmente famosa “comida Tai”, siempre buscada por los turistas.

Las estrategias diseñadas enfatizan la educación sanitaria del vendedor, mejorar la infraestructura y una adecuada fiscalización.
Los reglamentos disponen que el entrenamiento sea obligatorio, un requisito indispensable para obtener autorización de trabajo.

Mediante cursos y conferencias, educar a los vendedores para que cumplan las normas, adoptando métodos higiénicos en la preparación y comercialización de los alimentos.

Fomentan su organización en cooperativas, donde deben registrarse para tener acceso a microcréditos, formación y asistencia gerencial para manejar su negocio en forma más efectiva. A la vez, facilitan el trabajo de las autoridades en el cumplimiento de la normativa de higiene.

Un punto coincidente es educar a los encargados de regular y controlar la operación del sector, lograr un cambio de actitud. Adiestrar a los inspectores, suplirles instrumentos técnicos, manuales y equipos de inspección.

Sensibilizarlos, que se consideren promotores de la transformación del sector, en lugar de ejercer simplemente funciones represivas, de chantaje o soborno. Además, que la educación sea extensiva al consumidor, que tome conciencia de su responsabilidad de exigir calidad, convirtiéndose en agente de cambio del vendedor.

Infraestructura. Los esfuerzos para adoptar tecnologías mejoradas se orientan hacia dos alternativas: una solución parcial y una integral.

La primera prevé la modificación y reforzamiento gradual de los puestos existentes, garantizando la calidad conforme a un orden de prioridades y posibilidades de inversión del vendedor. Priorizan la dotación de agua, usan depósitos con llave, ajustado al código de prácticas higiénicas.

La otra opción, con puestos diseñados como modelos de solución integral, completamente equipados, un módulo sanitario, agua potable, lavado, depósito para aguas residuales y accesorios para la protección de los alimentos.

La experiencia demuestra que la primera alternativa es más accesible, aunque es frecuente la combinación de soluciones integrales y parciales, entre los que hay una gama de modelos. Lo que facilita la adopción de cualquiera de las fórmulas es el respaldo de una institución que los apoye con financiamiento en condiciones favorables.

¡Adelante! Urge esta tarea impostergable que hace tiempo aguarda en el portafolio de las aspiraciones o las buenas intenciones.

Altagracia Paulino
Directora Pro consumidor

«Las ventas callejeras deben ser reguladas, su- pervisadas, que el consu- midor exija determina- das reglas del Codex Ali- mentarius, que el que ven- da comida tenga el pelo recogido, es lo más conta- minante, una especie de sombrilla que recoge mi- crobios. Usar mascarilla por si estornuda y ropa blanca. Se debe dar un permiso, examinarlo, ver si está sano, una persona con gripe, estornudando a cada rato, no debe vender comida, que busque sustituto, lo que vende es un alimento contaminado, una gripe, una tuberculosis».

Modesto Cruz
Director Instituto Microbiología

«Se debe hacer un con- trol sanitario organizado, dirigido por el Estado, ha- cer un registro, una certifi- cación. Dar una   autoriza- ción para el expendio de alimentos y especificar el tipo de alimento, pues algunos necesitan refrige- ración y otro no. Tener una supervisión más di- recta de los procedimien- tos de los vendedores, y si  debe pagar un impues- to pequeño que lo paguen y se asegure que el ciuda- dano que  va a consumir esos alimentos tiene una seguridad mínima. La contaminación   se reduce  si se tiene un control».

Fátima Cabrera
Encargada dpto de ALimentos, SP

«Hay una realidad, el que vende en la calle es por necesidad, la solución es ver cómo organizar todas esas personas que son muy diversas, de dis- tintos niveles  educacio- nales. Desarrollar  un meca- nismo permanente, que el que venda en la calle tenga que hacer un curso. Salud Pública está buscando dón- de impartir los cursos, no tiene una infraestructura   para eso, tenemos que buscar una estrategia, que los vendedores  puedan hacer ese curso como requisito para que pueda dársele una licencia de venta en la calle».

Dalia Castillo
Directora Vigilancia Sanitaria, SP

«Los sectores oficiales tienen que intervenir fun- damentalmente, pero tam- bién la sociedad civil orga- nizada, las ONG deben apo yar a ese grupo de perso- nas de las ventas calle- jeras. Los resultados sani- tarios son la combinación de la intervención de dife- rentes sectores, incluyendo al consumidor, que tiene que ver con el autocuidado La responsabilidad de cada quien en el consumo de alimentos es informarse y ser selectivos, saber cuáles son los riesgos inherentes, muchas veces por descono- cimiento, porque no tiene acceso a la información»

LAS CLAVES

1. Reglamento

El reglamento de la Ley de Salud 42-01 especifica que el vendedor de alimentos deberá cumplir una serie de requisitos, entre ellos a) Certificado de salud y curso de capacitación sobre manipulación de alimentos. b) Llevar mascarilla, delantal, blanco o colores claros, limpios y buen estado. c) Cabello corto o recogido, cubierto con gorra o redecilla. d) Uñas cortas y sin esmalte. e) No portar anillo, pulsera o reloj. f) Mantener las manos limpias, g) los hombres sin barbas.

2. Ubicación puestos

Artículo 315: Los puestos de venta se ubicarán en lugares donde no interfieran el tráfico vehicular y/o dificulten el tránsito peatonal, y serán áreas establecidas previamente por la administración municipal, al igual que su diseño. Deben mantener buenas condiciones de conservación, contar con una disposición adecuada para mantener ordenados utensilios, vajilla y los productos para el expendio.

3. Medios conservación

Art.321. Los puestos que expendan alimentos que por su naturaleza se consideren de riesgo epidemiológico deben contar con un sistema apropiado de conservación: en caliente mayor de 60 grados centígrados, y en frío menor de 5 grados centígrados. Art. 322. Todo puesto contará con un recipiente dotado de llave para agua potable de por menos cinco galones.

 

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