Representantes de los empleados y empresarios del sector turístico y de comidas acordaron un aumento del 10% a la tarifa de salario mínimo a favor de los trabajadores que prestan servicios en hoteles, casinos, restaurantes, bares, cafés, cafeterías, clubes nocturnos, pizzerías, pica pollos, negocios de comida rápida, heladerías y otros establecimientos gastronómicos.
El acuerdo fue llevado al Comité Nacional de Salarios (CNS) donde fue aprobado por contar con el previo acuerdo de las partes interesadas. La decisión fue adoptada por el CNS la sesión celebrada el pasado 10 de septiembre.
En lo adelante, los trabajadores que prestan servicios en las empresas mencionadas, cuyas instalaciones y existencias o el conjunto de ambos elementos, excedan de cuatro millones de pesos, tendrán un salario mínimo mensual de 6 mil 133 pesos. Asimismo, para aquellos trabajadores que presten servicios en este tipo de empresas, cuyas instalaciones y existencias, o el conjunto de ambos elementos igualen o excedan la suma de dos millones de pesos pero no alcancen la suma de cuatro millones de pesos, tendrán un salario mínimo mensual de 4 mil 400 pesos .
La cifra
3,960 Pesos. Es el nuevo sueldo mínimo mensual para los trabajadores que laboran en empresas del sector cuyas instalaciones y existencias no excedan los dos millones de pesos.