Subero Isa dice porqué SCJ no falló acción contra CIDH

Subero Isa dice porqué SCJ no falló acción contra CIDH

Invitado al Almuerzo del Grupo de Comunicaciones Corripio Jorge Subero Isa. Foto: Elieser Tapia.

El expresidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Jorge Subero Isa reiteró ayer que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) fue “desafortunada ”.
Asimismo dijo que el hecho de que la SCJ no emitiera ningún fallo al respecto, no es motivo para hacerlo en el sentido que lo hizo el TC.
Recordó que no solamente el entonces presidente Leonel Fernández aceptó la competencia de la CIDH, sino que también algunos tribunales dominicanos la habían reconocido, incluso el propio TC en su sentencia número 0136/13, en su artículo 10.11, el cual expresa:
“10.11. República Dominicana es parte integrante de la Convención Americana de los Derechos Humanos suscrita en San José, Costa Rica, en el año mil novecientos sesenta y siete (1967), por haberla ratificado mediante la Resolución núm. 739, de fecha veinticinco (25) de diciembre de mil novecientos setenta y siete (1977), del Congreso Nacional, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 9460, de fecha once (11) de febrero de mil novecientossetenta y ocho (1978). Posteriormente, aceptó la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como órgano consultivo y contencioso, el veinticinco (25) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999)”.
Sostuvo que en el ámbito del Derecho Internacional las previsiones para un país salir del ámbito de alcance de los tratados «son las denuncias», por lo que la sentencia del TC por sí sola no anula la competencia de la CIDH en el país.
Porqué no falló la SCJ? Subero Isa dijo que la Suprema no lo falló porque “se encontraba desbordada por la cantidad de acciones que se habían interpuesto”, principalmente a partir de la sentencia de 1998 que le concedió a la ciudadanía “una especie de acción popular” para accionar contra los actos considerados contrarios a la Constitución”.
“Hoy en día la Constitución vigente es mucho más restrictiva en cuanto a quienes pueden ejercer la acción en inconstitucionalidad, que la sentencia de la Suprema del año 1998”, enfatizó.
En ese sentido, dijo que fueron muchos las acciones de esa índole que heredó el TC.
Subero Isa fue entrevistado a propósito de las quejas externadas por la CIDH, y sobre la respuesta que a ello dio el TC, en la que criticó que el caso estuviera en la SCJ desde el 2005 y no se fallara.
La queja de la CIDH. El organismo internacional reprobó que el país no haya hecho las reparaciones ordenadas para los dominicanos de origen haitiano, y que el TC creara un ambiente de inseguridad jurídica con la sentencia 256-14, que estableció “erróneamente” que la CIDH no tiene competencia para decidir casos contra el país.

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