Superintendencia seguridad privada carece reglamento le otorgue facultad sancionadora

Superintendencia seguridad privada carece reglamento le otorgue facultad sancionadora

Por Sorange Batista (2 de 2)

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (SVSP) está desprovista de la facultad sancionadora que amerita para garantizar el control y buen funcionamiento de la seguridad privada en la República Dominicana, según afirmó el asesor jurídico de la institución, Virgilio Solano, en un estudio de grado de la Universidad de la Tercera Edad.

En la actualidad las compañías de vigilantes privados operan bajo el decreto 1128-03, que crea la SVSP y que manda a crear el reglamento de operación, sin embargo, Solano explicó que el 11 de marzo del 2004 fue aprobado un reglamento mediante el decreto 216-04, pero ese mismo año ese reglamento fue derogado, por vía del decreto 776-04, del 9 de agosto de 2004.

Según consta en la tesis de grado de referencia, de la autoría del licenciado en Derecho Yonatan Hernández, Solano dijo que, sin el óptimo funcionamiento del órgano regulador, crece la informalidad y la operación ilegal, lo cual lleva a la existencia de compañías no reguladas que contratan personal sin ningún criterio.

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“Aquí nos vemos ante una gran debilidad del sistema, que abre la posibilidad de que delincuentes y militares con bajas deshonrosas puedan ingresar a esas compañías no reguladas y estas servir de canal indirecto para introducirlos a los hogares y empresas privadas que contratan estos servicios”, se expresa en el estudio de investigación realizado el pasado año.

En la tesis dice que Solano se refirió también a un proyecto de ley que cursa en el Senado sobre seguridad privada del que consideró que si se convierte en ley brindaría un carácter institucional a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que actualmente es una dependencia del Ministerio de Defensa.

Entiende que, con la aprobación de la ley, los marcos de acción, tanto del Ministerio de Interior y Policía y de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, quedarían delimitadas y definidas.

Control de las armas. En la tesis, figuran las explicaciones sobre el particular del director de Registro y Control de Portes y Tenencias de Armas de Fuego del Ministerio de Interior y Policía, Sterling Pérez, quien confirma lo establecido en la Ley 631-16 en el sentido de que es una obligatoriedad del MIP entregar las licencias de las armas de fuego a las empresas de seguridad.

En la tesis Pérez aclara que el Ministerio de Interior y Policía no cuenta con el alcance regulatorio en cuanto al control interno y seguimiento de a quienes se les asignan estas armas, pues esa parte es competencia de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Dijo que Interior y Policía emite una certificación y mantiene contacto directo de forma permanente con la compañía de seguridad para validar la veracidad y autenticidad de esta, y para verificar que dicha compañía se encuentre en cumplimiento formal de todos los requisitos.

Preocupación por los horarios. El asesor en materia de seguridad privada, Juan Pablo Tavarez Placencia, señala que uno de los problemas que enfrentan los vigilantes privados es el tema de las jornadas de trabajo que son “extensivas y abusivas”.

Dice que en estudios realizados el cuerpo humano comienza a cambiar después de 10 horas de trabajo, al crearse estrés, fatiga y cansancio, con lo que bajan los reflejos necesarios para desarrollar su labor.

Otros aspectos que señala son que los vigilantes son ignorados, no hay un criterio real en cuanto a la calidad del servicio y no hay una manera de compensación y beneficios.

Sobre la falta de entrenamiento para ingresarlos dijo que es un tema que se convierte en una especie de bola de nieve.

“Hay muchas empresas que no manejan criterios por asunto de ahorrar porque deben estar reciclando. Por ejemplo, pueden tener un cliente, pero le renunciaron dos y tienen que buscar de manera rápida y los entran, cuando el proceso es que deben ser evaluados, revisar sus antecedentes penales y entrenarlos, porque van a manejar un arma de fuego. También se le debe revisar la edad, porque se supone que no deben pasar de 65 años y hay de 70 trabajando”, expresó.

Abogó porque se legisle a favor de que se mejoren las condiciones de los vigilantes privados y el delicado trabajo que éstos realizan.

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