La Tercera Sala de lo Laboral de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo que condenó a la Cámara de Diputados al pago de un astreinte de 5,000 pesos diarios por cada día de retardo en la entrega al ciudadano Alejandro Paulino, de nombres y apellidos de los empleados de la institución, en adición a otros datos que se les habían entregado previamente consistentes en salarios con sus cargos.
En su decisión, los jueces argumentaron que la sentencia recurrida violenta el derecho de privacidad e intimidad, toda vez que los datos personales constituyen informaciones confidenciales, que no podrán ser divulgados y su acceso estará vedado a toda persona distinta del incumbido, excepto, que este consintiera inequívocamente en la entrega de los datos.
El 16 de septiembre de 2010, a través del abogado Eduardo Jorge Prats, el organismo interpuso un recurso de casación, por entender que era incorrecto las referidas informaciones.
El 15 de diciembre de 2009, Paulino pidió a la Oficina de Acceso a la Información de la cámara baja copias de datos, de los que recibió cargos, escala salarial, cantidad de funcionarios, empleados y monto del pago mensual y anual.
Sin embargo, presentó un recurso de amparo que condenó al hemiciclo a dar los nombres y apellidos de su personal.