Suprema anula un decreto de Mejía

Suprema anula un decreto de Mejía

POR DIEGO PESQUEIRA
La Suprema Corte de Justicia anuló ayer el decreto presidencial 499-04 que designó como síndico de Las Yayas, Azua, al señor Ángel Eliezer Ramírez Ramírez, en fecha siete de junio del 2004. De acuerdo al alto tribunal, el decreto emitido por el ex presidente Hipólito Mejía en el período de transición, es contrario a los artículos 46, 55 y  82 de la Constitución de la República.

La Suprema acogió una instancia de inconstitucionalidad elevada por Ernesto Ramírez, quien también había sido nombrado síndico de Las Yayas mediante decreto 875-02, de fecha 28 de octubre del 2002 y no presentó renuncia.

En uno de los considerando de la sentencia se precisa que el decreto número 499-04 debe ser declarado inconstitucional, ya que el artículo 55 de la Constitución, numeral cinco, establece que el Poder Ejecutivo sólo podrá designar a los regidores y síndicos cuando ocurran vacantes en dicho cargos, pero que en la especie no existía dicha vacante ya que el impetrante fue designado como síndico del municipio de Las Yayas en octubre del año 2002 y nunca presentó renuncia de su cargo.

En consecuencia, precisó la Suprema, al dictar el decreto número 499-04 el Poder Ejecutivo violó los artículos 4, 46 y 55, inciso 11 de la Constitución.

“Considerando que el decreto atacado con el recurso de inconstitucionalidad donde se designa como síndico de Las Yayas, provincia de Azua a Ángel Eliezer, en uno de los considerandos del decreto establece que Ernesto Ramírez fue nombrado para dicho cargo 875-02 sin haber presentado formal renuncia para ocupar dicho cargo”, precisa el fallo.

De acuerdo con el artículo 82 de la Constitución los síndicos son los funcionarios que tienen a su cargo el ejercicio del gobierno municipal y deben ser elegidos cada cuatro años mediante el sistema del sufragio universal.

Pero el artículo 55 de la Constitución pone en mano del Poder Ejecutivo la designación de las autoridades municipales en los casos que se produzca vacantes en dicho cargo siguiendo el funcionamiento establecido por la Constitución.

“Considerando que el Poder Ejecutivo dictó el decreto número 499-04 para nombrar como síndico del Distrito de Las  Yayas,  Ángel Eliezer Ramírez, resulta que anteriormente había sido emitido el decreto número 875-02 había sido nombrado a Ernesto Ramírez para ocupar dicho cargo y donde se desprende que al momento de dictar el segundo decreto el primero estaba vigente, por lo que la designación del síndico de Las Yayas no estaba vacante porque la  alegada renuncia de su titular no se había producido”, precisó el alto tribunal.

La Suprema sostuvo que el Poder Ejecutivo actuó de manera injusta al sustituir al referido funcionario municipal.

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