La Suprema Corte de Justicia no fue consultada ni tomada en cuenta para la preparación del proyecto de reforma a la Constitución de la República, a pesar de que el mismo contiene cambios importantes que atañen directamente al Poder Judicial, dijo ayer el doctor Jorge Subero Isa, presidente del más alto tribunal del país.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró ayer que no fue consultado ni tomado en cuenta para el proyecto de reforma Constitucional, a pesar de que esa propuesta contiene cambios puntuales en relación con el Poder Judicial.
Jorge Subero Isa calificó como grave el hecho de que hasta ayer en horas de la mañana, ni siquiera había llegado a sus manos una copia del proyecto de Ley, llevado el jueves por el propio presidente Leonel Fernández que lo depositó ante la Asamblea Nacional.
Debido a que no había visto el proyecto y no conocía los aspectos que fueron tomados en cuenta, de las propuestas que hizo en la nueva ola de reformas, el presidente del alto tribunal rehusó opinar.
Si ustedes tienen una copia del proyecto completo yo les agradezco que, por favor, me lo hagan llegar, para poder emitir mi consideración, respondió el magistrado a los periodistas ante la insistencia de que opinará en relación a la que llamó macro-reforma que, entre otras cosas, limita la permanencia de los jueces de la Suprema Corte.
Subero habló tras dejar inaugurado el Modelo de Gestión del Despacho Judicial Penal de la Provincia Santo Domingo.
Cambios contemplados para el Poder Judicial.
El proyecto de ley de Reforma Constitucional presentado ante la Asamblea Nacional contempla la modificación de 122 artículos de la Carta Magna, dentro de los que se contemplan cambios en al menos cinco de los relacionados al Poder Judicial.
Dentro de esos figuran los artículos 63 y 64, relativos a la inamobilidad de los jueces, en el que reduce a siete años el periodo para la presidencia de la SCJ y sus sustitutos, susceptibles de ser reelectos, previa evaluación, para un nuevo período.
Asimismo, establece 75 años como la edad para el retiro obligatorio de los jueces del más alto tribunal.
Reformula además el título correspondiente al Poder Judicial, incorporando el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Y, como disposición transitoria la creación de la Sala Constitucional.
Consejo Nacional de la Magistratura. En cuanto al CNM, la reforma constitucional establece que se amplíe su integración con representantes de las Cortes de Apelación, del Colegio de Abogados de la República Dominicana, de las Escuelas o Facultades de Derecho, y con un ex juez de la Suprema Corte de Justicia.
Asimismo, extiende las facultades del CNM, incluyendo la designación de los Jueces de la Sala Constitucional; los miembros y suplentes del Tribunal Superior Electoral y los Jueces del Tribunal Superior Administrativo y del Procurador Electoral.
También le otorga al Consejo el poder disciplinario sobre los integrantes de la Suprema Corte de Justicia.
Chiquero con aire acondicionado. En otro orden, Subero Isa destacó la importancia de que se construya una nueva edificación para acoger las oficinas del Palacio de Justicia de la provincia Santo Domingo, debido a que carecen de condiciones para desarrollar estas labores.
Subero calificó como un chiquero con aire acondicionado, el edificio donde funcionan las oficinas, al tiempo que dijo que en lo inmediato carecen de dinero para construir otro.
Igual opinó el magistrado Perfecto Acosta, quien dijo que las instalaciones requieren ser cambiadas.
Antecedentes
Reformas del Poder Judicial planteadas por Subero Isa
Los cambios que contempla el proyecto de Ley de Reforma Constitucional fueron planteados por el presidente de la SCJ el 7 de enero del 2007, cuando dio a conocer el contenido de lo que sería la Segunda Ola de Reformas del Poder Judicial. Entre las propuestas hechas por el presidente del alto tribunal figuran: Ampliar el Consejo Nacional de la Magistratura, discutir el tema relativo a la concentración de atribuciones que tiene el Pleno de la SCJ, a fin de que éstas sean asumidas por un Consejo a lo interno del Poder Judicial. La creación de un Consejo Judicial que tendría la responsabilidad del Gobierno del Poder Judicial y las funciones administrativas, de dirección de la Carrera Judicial y disciplinarias, a excepción de las atribuciones disciplinarias correspondientes a los jueces de la Suprema Corte de Justicia, cuya responsabilidad recaería sobre el CNM. Según la propuesta, estas determinaciones permitirán que el Pleno de la SCJ se concentrara en las funciones jurisdiccionales, designación, promoción y ascenso de los jueces del país, previa terna presentada por el Consejo, entre otras.