El Pais/ El Juez Presidente de la Suprema corte de Justicias Dr.Luis Henry Molina,presidio la Audiencia de lectura de Sentencia de la Juridiccion Previlegiada en la Sala Aug-usta de SCJ ,para dar a conocer el fallo de esa alta corte ,Hoy/Jose -Francisco .28-1-2020
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia rechazó ayer los recursos de oposición que presentaron la Procuraduría General y dos de los imputados del caso Odebrecht a la resolución que declina el proceso a la Segunda Sala, en el caso de Tommy Galán, y a primera instancia para el resto de los acusados.
Una nota explica que con esta decisión el proceso queda a la espera de que el expediente sea enviado ante la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia para el conocimiento del juicio.
Indica que emitió la resolución 00235/2020, que rechaza los recursos de oposición parciales presentados por la Procuraduría General y los imputados Conrado Enrique Pittaluga Arzeno y Porfirio Andrés Bautista García.
Reafirmó la facultad excepcional de ese órgano para conocer solo las causas penales seguidas a los funcionarios mencionados en el artículo 154 de la Constitución, por lo que, bajo el amparo del derecho al juez natural y el derecho al doble grado de jurisdicción, ratificó la decisión de enviar a la presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional a los imputados Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Porfirio Andrés Bautista, Juan Roberto Rodríguez y Conrado Pittaluga Arzeno, para designación de un tribunal colegiado que conozca el juicio.
También ratificó la decisión de enviar a Galán a la Segunda Sala de la SCJ, reafirmando que dicha disposición no altera la competencia ni el mandato constitucional que hace a esta corte el artículo 154.1 de la Constitución, ni tampoco crea una nueva instancia, sino que garantiza el derecho al recurso que tienen todas las partes en el proceso penal.
Mantuvo su decisión de que permanecen válidos todos los actos cumplidos con anterioridad a la resolución 004-2020, del 28 de enero de 2020, entre ellos, el auto de apertura a juicio dictado por Francisco Ortega Polanco.
La decisión fue adoptada por mayoría de votos con la disidencia de los magistrados Manuel R. Herrera Carbuccia, Francisco A. Jerez Mena, Fran E. Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Vanessa E. Acosta Peralta.