Suprema verá caso invernaderos

Suprema verá caso invernaderos

POR DIEGO PESQUEIRA
La Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia conocerá el próximo 14 de diciembre el recurso de casación interpuesto por el ministerio público contra el no ha lugar emitido por la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional a favor de los implicados en el caso de los invernaderos importados y distribuidos por la secretaría de Agricultura.

El tribunal declaró admisible el recurso de casación instrumentado por Octavio Líster, director del Departamento de Prevención Contra la Corrupción (DEPRECO), que había apelado también la sentencia de la jueza Vanesa Acosta, del Segundo  Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

El personal del DEPRECO hizo las investigaciones sobre el caso en que fueron acusados funcionarios del pasado gobierno y particulares.

Como principal inculpado en el caso está el ex secretario de Agricultura, Eligio Jáquez. El grupo está acusado de irregularidades en la distribución de los invernaderos.

En la sentencia de primera instancia, la jueza Acosta exoneró de responsabilidad panal además de Jáquez, a su hermano Epifanio Jáquez; al ex secretario de Agricultura, José Antonio Fabelo Molina; Ramón Osiris Polanco, ex embajador ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU); Sergio Uribe Castro, ex subsecretario de Agricultura y ex director del proyecto de Mercados Frigoríficos e Invernaderos (Promefrin), así como a los hermanos Andrés, Fausto Porfirio y José Rafael Escarramán Hernández. El primero de estos hermanos fue subsecretario de Medio Ambiente.

También, estaban acusados Manuel Augusto Santana, Leovigildo Bello Guerrero, Julián Abreu Peña, Julio Alejandro Trinidad Cruz, José Daniel del Rosario Valdez, José Sánchez Reyna, Francisco Alberto Collado Hernández, Juan Ramón Peguero Franco, Regino Valera de los Santos y Leonardo Francisco Sosa.

A juicio de la magistrada los fiscales no presentaron los elementos de prueba y ordenó el cese de la medida de coerción impuesta a los imputados, consistente en impedimento de salida del país.

Sentenció que los elementos de prueba presentados por el ministerio público resultaron insuficientes para fundamentar la acusación y que no fue individualizada para cada imputado.

También sentenció que el acta de acusación lesionó el derecho de defensa consagrado en la nueva legislación.

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