Tasas y penalidades

Tasas y penalidades

El proceso para depositar fondos en cualquier banco está ajeno al debate legítimo e inconcluso que, recientemente, ocupa una de sus líneas de negocios.  Ahí todo “claro como una lámpara y simple como un anillo”,  obvio que añadiendo “cuando hay lú” a la primera parte de la  analogía nerudiana. 

Cuando llega al banco, una representante de negocios le presenta una tabla con tasas a diferentes plazos donde, generalmente y al igual que en los resort, encuentra que se premian las estadías más largas.  Para el monto que desea invertir tendrá a mayor plazo, mejor tasa. Por ejemplo, a tres años, 8.6%; a 90 días, 6.75%.

El banco le promete respetar los términos acordados.  Si a pocos días de hacer su depósito, la institución decide que debe captar a tasas menores, la medida no es retroactiva. Se comprometió a esperar, pacientemente, el vencimiento de todos los ahorros que, como el suyo, se quedan fuera del monto máximo en cada plazo.

Meses gloriosos recuerdan quienes cumplieron la resolución de año nuevo de ahorrar en la primera semana del 2007.  Si invirtió en el estatal múltiple, quedó inmune a nueve reducciones consecutivas en las tasas pasivas. Si fue a dos años, le fue bien porque la tasa de 9% se redujo para nuevos depósitos hasta llegar a 7.75%, en agosto, valor que mantuvo hasta mediados del 2008.

Lógicamente el banco también espera que el cliente respete el plazo a que acordó dejar su inversión y, para garantizar la reciprocidad, le muestra una tabla con las penalidades aplicables por retiro anticipado.  La pena duele, y sin remedio, porque es común que su aplicación deje al inversionista con un rendimiento menor al que correspondería a la duración real del depósito.

En el caso del ejemplo,  la tasa  a dos años  subió para nuevos depósitos a 10% en junio 2008.  El cliente que disfrutó de su tasa contratada al 9%, durante el año y medio en que descendieron de  ese nivel, ahora ve que estará ganando un punto menos por los seis meses que faltan para su vencimiento. La tentación de cancelar para reinvertir la frena una penalidad que lo dejará ganando menos que haber invertido al año y medio. ¿Por qué?

Esa fue la duración real de su depósito y a ese plazo le correspondía 8.75%.  Si la penalidad es 0.25%, se estaría dando un trato similar al que abrió su depósito al plazo de año y medio y esperó su vencimiento. Además de injusto, esto estimularía a todo el que está en esa situación.  De ahí que se apliquen con más severidad. Sin coro en Súper, Procon o Suprema, ahora que suben los intereses, le queda afinar su puntería con plazo y tasa.  ¡Suerte!

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