TC amplía plazo a Procuraduría para que cumpla sentencia a favor presos

TC amplía plazo a Procuraduría para que cumpla sentencia a favor presos

E l Tribunal Constitucional (TC) amplió a 180 días, el plazo para que la Procuraduría General de la República (PGR) mejore la condición de los presos en el Centro de Detención y Penitenciario del Palacio de Justicia y el de La Caleta, en La Romana, como le ordenó por sentencia la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de esa jurisdicción.

Dicha sentencia es la número 140-2016, y fue dictada por el referido tribunal el 17 de diciembre del 2016, a raíz de una acción de amparo interpuesta por la oficina de Defensa Pública de La Romana, en representación de los detenidos, y en contra de la PGR y de su representante provincial Reyna Yaniris Cedeño R.
Para el cumplimiento de la misma le había dado un plazo de 30 días, tiempo que la PGR consideró insuficiente para poder ejecutar todas las tareas ordenadas, por lo que recurrió la sentencia en revisión ante el Tribunal Constitucional.
Lo que tiene que hacer. La sentencia de marras ordena al Estado dominicano a través de la PGR descongestionar y eliminar el estado de hacinamiento en el que se encuentran los presos preventivos de la cárcel de La Caleta y en el Palacio de Justicia.
Proveerlos por lo menos de alimentos dos veces al día; de colchones y productos para el aseo personal: jabón, agua, pasta dental y cepillos; y destinar el espacio para la creación de otro baño.
Se le ordena también destruir una tabla puesta en la celda 0 de la cárcel del Palacio de Justicia, que impide la ventilación e iluminación a los prevenidos.
Levantamiento. Se le manda a hacer un levantamiento de la cantidad de personas privadas de libertad a las cuales no se les ha conocido medida de coerción, a los fines de regularizar su situación, y que aquellos con medidas de coerción sean trasladados a los centros de rehabilitación dedicados a tales fines.
También le ordena a la PGR hacer diligencias para que los privados de libertad con medidas de coerción consistente en el pago de garantía económica o impedimento de salida del país, que no hayan podido pagar u obtener su libertad por falta de documentos de identidad, puedan salir a través de otros medios o medidas.
PGR pidió revisión. No conforme con dicha sentencia, la Procuraduría interpuso formal recurso de revisión constitucional ante el TC en contra de la misma.
Entre sus alegatos, el Ministerio Público afirmó que algunas de las acciones que le fueron impuestas mediante la citada sentencia le son imposible de materializar porque trascienden su alcance, en virtud de que constituyen soluciones del Estado y acciones mayores para las cuales no se puede otorgar un plazo de 30 días, “y mucho menos fijar un astreinte, cuando no es una realidad que depende de la voluntad y la capacidad” de la Procuraduría.
Fallo del TC. La alta corte acogió parcialmente, en cuanto al fondo, el recurso de la PGR, y modificó solamente la parte que tiene que ver con el plazo para la ejecución de las medidas ordenadas, y en vez de 30 días le concedió 180. En cuanto al pago del astreinte de RD$20,000 por cada día transcurrido sin cumplir lo ordenado, el TC lo mantuvo. El mismo será para dirigirlo a Hogar Crea y la Defensa Civil.

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