Los jueces del Tribunal Constitucional declararon ayer inconstitucional el acuerdo sobre Transporte Aéreo que suscribió el país con el Gobierno de Colombia, por considerar que no reconoce que el Estado tiene soberanía plena en el espacio aéreo sobre su territorio.
De acuerdo a la sentencia TC-0037-12, el texto del convenio limita el ejercicio pleno de soberanía consagrado en la Constitución, ya que se refiere a un concepto restringido de territorio.
Explica que el convenio define al territorio como las áreas terrestres y las aguas territoriales adyacentes a ellas que se encuentran bajo su soberanía, dominio, protección o mandato de dicho Estado. El significado fue tomado del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, de 1944.
Sin embargo, ese uso del término entra en conflicto con lo que establece el artículo 9 de la Constitución, que incluye al espacio aéreo como un componente del territorio, y con el artículo 3, que reconoce la inviolabilidad de la soberanía y principio de no intervención.
Igual sucede en el caso de Colombia, ya que el artículo 101 de su Constitución también reconoce al espacio aéreo dentro de su territorio.
Dispositivo. En sus motivaciones, el Tribunal que preside el magistrado Milton Ray Guevara expresa que es en el territorio del Estado donde se concreta una de las manifestaciones características de su soberanía, conformado por los límites de la Constitución.
Frente a estas previsiones expresamente formuladas a los poderes públicos organizados por esta Constitución, se impone actuar con suficiente mesura frente a un acuerdo internacional de carácter bilateral, que entraña aspectos sensibles de la soberanía y el territorio de la República Dominicana, indica la sentencia del Tribunal.
Acuerdo. El acuerdo Sobre Transporte aéreo fue suscrito entre el Gobierno de República Dominicana y Colombia el 29 de noviembre del año pasado.
Está dirigido a favorecer el desarrollo del transporte aéreo entre los territorios de ambas naciones, de tal manera que se propicie su expansión económica y comercial. Conforme al pacto, las líneas aéreas designadas podrían ofrecer sus servicios en las rutas aprobadas.
Fue firmado en la ciudad de Bogotá por el viceministro de Relaciones Exteriores José Manuel Trullols, y la ministra de Relaciones Exteriores de Colombia María Angela Holguín.
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Voto disidente
El magistrado Hermógenes Acosta de los Santos calificó de irrelevante la inobservancia de incluir el espacio aéreo dentro del territorio nacional en el texto del acuerdo. A su entender, el hecho de que el pacto tenga la finalidad de garantizar que las aerolíneas de cada país puedan sobre volar el territorio de los Estados partes, se constituye en una evidencia del reconocimiento de que el espacio aéreo es parte del territorio.