TC declara inconstitucional artículo ley impuesto a herencias

TC declara inconstitucional artículo ley impuesto a herencias

El Tribunal Constitucional anuló y declaró inconstitucional el artículo 7 de la Ley 2569 de Impuestos sobre Sucesoral  (herencia) y Donaciones, por considerar que viola el principio de igualdad y equidad tributaria consignados en la Constitución.

Los jueces acogieron un recurso de inconstitucionalidad que elevaron cuatro herederos de Juan José Dalmasí en contra de la normativa, que les obligaba a pagar un impuesto 50% más alto por ser  residentes en el extranjero.

El Tribunal ordenó a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) reembolsar a Juan José Dalmasí Duluc, Larissa María Dalmasí Duluc, Ameriquín María Dalmasí Duluc y Luis Emilio Dalmasí Duluc todos los pagos realizados por concepto de recargo de 50% adicional al impuesto sucesoral.

El expediente, que estaba pendiente desde el  1999, indica que los accionantes alegaron que el recargo adicional al impuesto sucesoral violaba su derecho fundamental a la libertad de tránsito y además el principio de igualdad, consignado en la Constitución.

Sin embargo, en su sentencia 033 el Tribunal desestimó la alegada violación al derecho de libertad de tránsito, por entender que el requerimiento tributario no limitaba el derecho a transitar, residir y salir del país.

 Pero, observó que se incurría en una discriminación y violación al principio de igualdad cuando el impuesto penalizaba económicamente a los herederos que residen en el exterior, haciéndoles pagar más que los que viven en el país.

El Tribunal Constitucional es presidido por el magistrado Milton Ray Guevara e integrado por otros once jueces.

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Valida acuerdo

El Tribunal Constitucional también declaró conforme a la Constitución el acuerdo entre el Gobierno y Corea relativo a los préstamos del Fondo de Cooperación Para el Desarrollo Económico, suscrito el 30 de junio de 2006. Según el acuerdo, los proyectos a ser financiados con recursos provenientes del Fondo de Cooperación serán destinados a programas convenidos por ambos estados con anterioridad.

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