TC notificará las demandas pidan cancelar sentencias

TC notificará las demandas pidan cancelar sentencias

El Tribunal Constitucional dispuso  que corresponde a su Secretaría General  notificar las demandas de suspensión de ejecución de sentencias a las partes involucradas en el proceso, para lo cual estableció un plazo de tres días.

Con la decisión, contenida en la sentencia TC-0039-12, los jueces  reglamentan el proceso de notificación de las demandas de suspensión de que son apoderados, aspecto que no fue contemplado en la Ley 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional.

Además, los jueces establecieron un plazo de cinco días, a partir de la notificación de la demanda, para que el demandado deposite su escrito de defensa, y que todos  los plazos puedan ser aumentados, atendiendo a la distancia.

Las imprevisiones de la Ley 137-11 fueron decididas por los jueces al conocer una demanda en suspensión interpuesta por Gloria Almonte Parra en contra de la sentencia 289, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, en septiembre del 2010.

Los jueces verificaron que, debido a que no existía un proceso de notificación reglamentado, la acción todavía no ha sido notificada a las partes, a  pesar de que fue depositada ante el Tribunal el 7 de marzo del 2011.

“Los demandados tienen interés incuestionable en que se les notifique la demanda que nos ocupa, porque si ésta se acogiera resultarían seriamente perjudicados, en la medida en que no podrían ejecutar la sentencia hasta que no termine el proceso del recurso de revisión constitucional”, indica el dictamen.

El Tribunal Constitucional es presidido por Milton Ray Guevara.

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