Luego de que el Tribunal Constitucional (TC) fallara a favor de la «Editorial Acento S.A.S», y rechazara la solicitud hecha por una persona de que se eliminara una información publicada en dicho medio y dictaminar que la información publicada por «Acento» no era errónea ni falsa, la Sociedad Dominicana de Diarios emitió un comunicado donde informa su apoyo a la sentencia del TC.
Comunicado integro de la Sociedad Dominicana de Diarios, INC
La Sociedad Dominicana de Diarios, Inc., que en su momento acogió con beneplácito la sentencia de nuestro Tribunal Constitucional TC-0171-20 del 17 de junio del 2020, en el que estableció el derecho que tienen los diarios digitales de mantener en sus plataformas las informaciones relativas a «hechos noticiables» que sean legítimas, veraces o procedentes de fuentes válidas, quiere ahora reafirmar su apego al mandato de esta decisión.
En tal sentido, acogiendo el contenido de la citada sentencia, la Sociedad Dominicana de Diarios hace acopio al derecho de la población de mantenerse informado de los hechos noticiosos acontecidos y por tanto resalta el valor de la sentencia adoptada por esa Alta Corte.
La propia Constitución de la República, en su artículo 184, establece que «son definitivas e irrevocables y constituyen procedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado».
El Tribunal Constitucional falló a favor de la «Editorial Acento S.A.S«, que edita el periódico digital «Acento», ante el pedimento de una persona de que fuera retirada de la citada plataforma digital la información en la que se hacía constar que el Poder Ejecutivo había informado que su cancelación se debió a que supuestamente «tenía relaciones con el narcotráfico».
La persona pedía retirar la información del portal alegando que no fue procesado judicialmente por las razones que habían motivado a su cancelación.
El Tribunal Constitucional dictaminó que la información publicada por «Acento» no era errónea ni falsa, por lo que decidió rechazar la solicitud hecha por el accionante.
En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional agrega que «la conducta de la parte recurrida (Acento), consiste en la difusión, en el ejercicio de su profesión, en un diario digital y en ocasión de una noticia de relevancia pública, constituyó el ejercicio legítimo de su derecho fundamental a la libertad de información».
La Sociedad Dominicana de Diarios hace estos señalamientos sustentados en una decisión del Tribunal Constitucional, cuyo contenido es vinculante a todos «los poderes públicos y todos los órganos del Estado», en virtud a la frecuencia con que personas vinculadas a sucesos o procesos judiciales o sus abogados han querido judicializar solicitudes de retirar las informaciones sobre los sucesos o hechos en los que han sido involucrados por las autoridades. Para sus pretensiones alegan un mal interpretado derecho de «Hábeas Data», cuyo alcance también es aclarado en la citada sentencia y que nada tiene que ver con el derecho a informaciones de interés público.
La Sociedad Dominicana de Diarios defiende el respeto a la intimidad, el derecho a las personas tener accesos a sus datos y a la corrección de los mismos cuando sean erróneos o falsos y al derecho de la población a estar informada.
En tal sentido valora como un gran aporte al derecho a la información de los ciudadanos la sentencia en cuestión y que fue comunicada oficialmente a Editorial Acento el 2 de marzo del 2021.
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