TC rechaza demanda nulidad sentencia hizo CC

TC rechaza demanda nulidad sentencia hizo CC

El Tribunal Constitucional rechazó una demanda mediante la cual la Cámara de Cuentas (CC) procuraba la suspensión de una sentencia que le ordenó restituir a la señora Videlka Josefina Encarnación de los Santos, y pagarle los salarios dejados de percibir desde el momento en que fue cancelada como encargada de la División de Relaciones Laborales de la Dirección de Recursos Humanos del organismo auditor.

Mediante sentencia número TC/0568/15, del 4 de diciembre en curso, los jueces de la alta corte declararon “inadmisible por extemporáneo” el recurso de revisión constitucional interpuesto por la CC contra la sentencia de amparo número 00530-2012, dictada por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) el 15 de abril del 2014 a favor de la servidora cancelada.

Encarnación de los Santos dice que fue cancelada el 10 de abril del 2014 del puesto que obtuvo mediante concurso externo, sin causa justificada y violándole sus derechos; que usó los medios de comunicación y el diálogo para obtener su reposición, sin que los miembros del Pleno de la CC hayan obtemperado a su solicitud.

Ante esa situación interpuso una acción de amparo que fue acogida por la Primera Sala del TSA. La CC, inconforme con la decisión del juez de amparo, apoderó al TC del recurso de revisión de dicha sentencia, y de la demanda de suspensión de su ejecución.

La declaratoria de inadmisibilidad por parte del TC estuvo fundamentada en el artículo 95 de la Ley orgánica 137-11, relativa al vencimiento de los plazos. Afirman que la interposición del recurso de revisión constitucional es del 21 de abril del 2015, es decir, nueve días después de los cinco hábiles y plazo franco, el cual se vencía el 14 de abril.

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