El peligro de que una mujer víctima de violencia de género sea asesinada se incrementa en más de un 100%, si su agresor tiene propiedad de un arma de fuego por lo que hablar de prevenir la violencia de género si no se controla el acceso a armas de fuego es imposible. Así lo planteó Orlidy Inoa, investigadora y consultora en temas de Justicia Penal y Derechos Humanos, durante su participación en la XII Conferencia de Estudios de Género del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC).
Durante el panel de “Violencia contra las mujeres basada en género”, la experta explicó que la Ley 631-16 Para el control y regulación de armas municiones y materiales relacionados, no impide que una persona con antecedentes de violencia de género obtenga una licencia de porte o tenencia de armas y que, a su vez, estudios revelan la preocupación de las mujeres de experimentar situaciones de violencia asociadas a la tenencia de armas de fuego en el hogar.
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La experta dijo que, en el 2011, el Instituto Caribeño para el Estado de Derecho realizó la primera investigación para medir el impacto de las armas en la violencia de género. En esta fuente citada, los resultados arrojaron que “un 34% de las victimas entrevistadas habían dicho que su pareja tenía arma de fuego y que habían sido amenazadas de manera reiterada”, y que “un 94% de estas mujeres decían sentirse en peligro de muerte junto a sus hijos”.
En su ponencia, la investigadora recordó que en el año 2022 se registraron 175 feminicidios y muertes de mujeres en el país, y que 62 de ellas se produjeron con armas de fuego, un porcentaje cerca de un 40%. “No se puede hablar de prevenir violencia si no se controla el acceso a armas de fuego”, fue una de las conclusiones de Inoa en su investigación.
La XII Conferencia de Estudios de Género desarrolló un debate académico sobre la realidad de las relaciones de género en República Dominicana, difundiendo las investigaciones, estudios e intervenciones sociales que visibilizan las expresiones de violencia y discriminación por razones de género en el país, entre ellos el de violencia armada presentado por la investigadora Inoa.
Sentencia del Tribunal Constitucional
La experta explicó que el Tribunal Constitucional, en su sentencia 10-12, establece que el derecho de propiedad tiene límites, ya que “en el caso de un arma, ese derecho se ve limitado y controlado a la hora de ser utilizado en el marco de una situación de violencia de género, por esto se puede incautar el arma en aquellos casos”. Sin embargo, afirmó que no siempre se cumple con este mandato jurisprudencial, y que se están haciendo los esfuerzos desde la Procuraduría General para que así sea.
“En República Dominicana, no existe un derecho constitucional al porte o tenencia de armas de fuego, sino que el Estado concede una licencia que debe estar sujeta a una serie de requisitos contemplados en la ley, incluyendo el de tener aptitud psicológica para portar un armar de fuego”. Asimismo, consideró que el enfoque de género en las políticas de seguridad ciudadana en el país ha sido inexistente: «No existe una política integral de seguridad ciudadana en el país que contemple el desarme de la población”.
Orlidy Inoa es, a su vez, miembro del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), y de la organización internacional Control Arms.