Titulares pagarán totalidad por dependientes afilien al SFS

Titulares pagarán totalidad por dependientes afilien al SFS

La afiliación de más familiares en el Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo recaerá sobre el jefe de familia, según resolución de la Superintendencia de Salud.
El titular que encabece la afiliación es responsable del pago de los familiares que tengan lazos de consanguinidad hasta la tercera generación.
El pago por persona será de RD$930.76, y será responsabilidad del titular que los afilie al sistema.
La ordenanza 00206-201 establece los requisitos y condiciones que deben cumplir los documentos para la afiliación de los dependientes directos y adicionales del afiliado titular al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, incluidos familiares que tengan un parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad, como hermanos, tíos, sobrinos, abuelos e hijos mayores.
El superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Pedro Luis Castellanos, dijo que constituye un paso importante en la ruta hacia la universalización de la afiliación, ya que abre la posibilidad de que los afiliados cotizantes al sistema incluyan a los parientes como dependientes adicionales en el Seguro Familiar de Salud (SFS).
Los dependientes adicionales, padres o padrastros; abuelos, hijos mayores de edad, hermanos, tíos y sobrinos, pueden ser ingresados al sistema, bajo la condición de que no estén inscritos en una nómina en la Tesorería de la Seguridad Social.
El nuevo asegurado debe estar bajo la protección económica del afiliado titular, su cónyuge o compañero de vida, conforme lo dispone la resolución 184-05, dictada por el Consejo Nacional de Seguridad Social.
En la resolución, también se especifican los requisitos y condiciones de la documentación necesaria para la afiliación de los extranjeros y sus familiares

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