El vicepresidente y diputado nacional del Partido Revolucionario Dominicana (PRD), Hugo Tolentino Dipp, cuestionó ayer el carácter de definitivas e irrevocables, que se daría a las decisiones que emanen del Tribunal Constitucional, cuya aprobación se debate en estos momentos.
Insistió en que se deben evitar desde ya los problemas que de seguro ocasionará una Suprema Corte de Justicia emanando decisiones definitivas e irrevocables en los casos en que se presente la constitucionalidad por vía de excepción, sin poseer para las prerrogativas que en esa materia la Carta Magna le atribuye exclusivamente al Tribunal Constitucional.
Tolentino Dipp se expresó en esos términos en un documento que envió a los medios de comunicación, donde expone que sería contraproducente y hasta burlesco que las decisiones del Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, electos por el voto directo de la soberanía popular, sean susceptibles de ser objeto de control por el Tribunal Constitucional y las del Poder Judicial, sin razonamiento alguno, por ocurrencia del Presidente de la República y los senadores.
El concepto del control concentrado de la constitucionalidad, dijo, lo sintetizaba de manera cabal el Proyecto de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
Agregó que la atribución de ese poder a una específica jurisdicción conllevaba la ratificación rotunda de la primacía de las normas constitucionales y cohesionaba su jurisprudencia.
Refirió que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales lo tenía claro en el artículo 30.
Ese artículo indica que cuando la Suprema Corte de Justicia, o una de sus salas, declare por vía de excepción la inconstitucionalidad de una norma, ésta debe apoderar al Tribunal Constitucional para que se pronuncie de manera definitiva sobre la conformidad o no a la Constitución de la norma cuestionada.
Sostuvo que cercenar de cuajo ese texto, como lo hizo el Senado de la República es, por sí solo, un grave quebrantamiento de la Constitución, de sus artículos 6, 72,184 a 189 y 277.
Añadió que una de las peores repercusiones que tendrá esa modificación será la de abrir las puertas a posibles contradicciones jurisprudenciales entre el Tribunal Constitucional, la Suprema Corte de Justicia y otras instancias del Poder Judicial.
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Teme lo mismo
Tolentino Dipp teme que con la Suprema Corte y el Tribunal Constitucional suceda lo mismo que con la Junta Central Electoral, la Cámara de Cuentas y otras instituciones del Estado normadas por la Constitución, son integradas con personas adeptas al gobierno presidente Leonel Fernández.
No obran para bien
Lamentó que en el país algunos legistas y funcionarios conspiren contra la posibilidad de crear un Estado de derecho, obviando su responsabilidad de promover el equilibrio y la equidad.
El poder no está concentrado
Para el ex rector de la UASD la Constitución de la República de 2010 crea el Tribunal Constitucional para que garantice la supremacía de la Constitución, defienda el orden constitucional y proteja los derechos fundamentales.
El plazo para la aprobación del Tribunal Constitucional vence el 26 de enero próximo, por lo que el dirigente perredeísta pide que se tomen las medidas para que no se convierta en un órgano de contradicción, impida el fortalecimiento de la democracia.
En el país nadie debe dudar, de que en materia de control, defensa y protección de la constitucionalidad, ese Tribunal no tiene mayores limitaciones. Es tanto así, que la Constitución le da poderes para accionar contra la inconstitucionalidad de leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas, indicó.