Trabajo doméstico, inconstitucionalidad y su regulación

Trabajo doméstico, inconstitucionalidad y su regulación

Félix Nova

En agosto de 2022, el Ministerio de Trabajo emitió la resolución núm. 14-2022, referente a la adopción al mejoramiento del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Dicho convenio es sobre el trabajo doméstico, el cual busca adoptar medidas para asegurar tanto la igualdad, como también una regulación de las horas de trabajo, así mismo, los periodos de descanso de los trabajadores.

Resulta, que dicha resolución del Ministerio de Trabajo, fue declarada por nuestro Tribunal Constitucional como inconstitucional, la cual se vio con la publicación de la parte dispositiva de la sentencia. Con esta, se generó el debate del porque la inconstitucionalidad como también como se puede regular el trabajo doméstico, el cual explicaremos algunos puntos.

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Primero, el trabajo doméstico, se consagra dentro del art. 55.11 de nuestra Constitución donde expresa que “El Estado reconoce el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado…”, como también el 62 referente al derecho al trabajo menciona las garantías que tienen que tener el trabajador, como lo son las condiciones de seguridad, salario justo, la garantía de salario digno entre otras.

Segundo, cabe destacar que la regulación del trabajo doméstico fue mediante una resolución acatando un convenio internacional, vemos que en ese apartado se buscaba trazar las medidas y como se aplicaría el trabajo doméstico a través de esa resolución. Dentro de la Constitución su art. 74.2, establece que los derechos y garantías fundamentales en este caso el trabajo doméstico, solo puede ser regulados por ley y no por resolución o norma jerárquica inferior a la ley, como lo hizo el Ministerio de Trabajo.

Por lo que nos hace preguntar lo siguiente: ¿Qué solución se puede hacer para la regulación del derecho a trabajo doméstico? Pues, como se dijo anteriormente, del art. 74.2 constitucional sobre la regulación de derechos, se tendría que establecer una ley o mejor dicho, una modificación a los artículos 258 al 265 de la ley 16-92, que establece el Código Laboral. Porque las disposiciones de esos artículos, deben adecuarse a la Constitución y también al convenio 189 de la OIT.

Suena sencillo, pero es un tema delicado que nuestros legisladores tienen que trabajar para una iniciativa legislativa referente a esa materia, en la que se deba consensuar junto al Ministerio de Trabajo, que puntos se debe fortalecer para elevar la calidad de vida tanto de empleadores y empleados domésticos. Por lo cual, una propuesta legislativa sobre trabajo doméstico, sería vía idónea para mejorar y fortalecer ese subsector.

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