Traspaso por vehículos ya vendidos será hasta agosto

Traspaso por vehículos ya vendidos será hasta agosto

La Dirección General de Impuestos Internos hizo un llamado a todos los contribuyentes que hayan vendido vehículos de motor de su propiedad pero cuyos compradores no hayan hecho el traspaso correspondiente, a aprovechar la facilidades que otorga la Ley No. 492-08 para descargarse de las responsabilidades y consecuencias que sobre ellos establece el Código Civil al mantenerse legalmente como dueños de esas propiedades.

La referida ley promulgada el pasado 9 de febrero, establece  un plazo de seis  meses,  hasta el 9 de agosto próximo, para que toda persona que haya vendido uno o varios vehículos de motor con anterioridad a la salida de la presente legislación y los registros de propiedad  aún figuren a su nombre,  pueda registrar la transacción con o sin copia del acto de venta, llenando un formulario de declaración jurada de la venta realizada y pagando un impuesto de RD$300.0.

Estos vehículos quedarán con una oposición administrativa hasta tanto el nuevo propietario realice el pago del impuesto de transferencia correspondiente.  Quien registre la venta de su vehículo recibirá una certificación sobre dicho registro. El formulario para el registro de la venta puede obtenerse en las Administraciones Locales y Colecturías de la DGII, así como en la página Web en la Sección de “Formularios”.

La nueva ley establece que la FGII hará constar en el expediente correspondiente al vehículo en cuestión, que fue vendido según el registro realizado.

La clave

Un  plazo de seis meses

Impuestos Internos informó que a partir del 9 de agosto, los ciudadanos podrán continuar registrando sus ventas, para lo cual sólo deberán presentar una copia original del acto de transferencia debidamente legalizada por un notario público; una copia de la matrícula; copias de las cédulas de identidad y electoral del vendedor y del comprador y pagar un impuesto de trescientos pesos dominicanos (RD$300.00).

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