LLENNIS JIMÉNEZ
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Un proyecto de ley del senador peledeísta Euclides Sánchez obligaría a los regidores a transmitir las sesiones de las salas capitulares a través de dos canales de televisión nacional, y a los síndicos a publicar los ingresos y los gastos de sus administraciones en un periódico de circulación nacional.
La propuesta del legislador por La Vega ha creado revuelo en el ámbito municipal, desde donde el experto en municipalidad Domingo Matías la calificó de adefesio.
Aquí se argumenta que para esas transmisiones y en la publicación sugeridos para dicha rendición de cuentas habría que gastar cuantiosos recursos, cuando ya existen mecanismos para que las autoridades locales expliquen a la ciudadanía en qué invierten los fondos que reciben.
Matías dijo que lo procedente no es limitar a los ayuntamientos la rendición de cuentas sino exigirla también a todas las instituciones del gobierno central. El congresista Sánchez denominó la iniciativa que se encuentra en el Senado de la República Proyecto de Ley de Transparencia en Gestión de los Ayuntamientos en República Dominicana, el cual consta de seis artículos. Plantea que Toda reunión en el hemiciclo o sala capitular de los regidores debe ser transmitido en tiempo real por dos canales de televisión que se vean a nivel nacional, y específicamente en la provincia a (la) que se debe el ayuntamiento.
El segundo artículo manda a que las fílmicas de las conclusiones acordadas por los regidores en la sala capitular sean retransmitidas a manera de cápsulas noticiosas, en dos canales de televisión a nivel nacional, y que se vean en la provincia del ayuntamiento a que corresponda, con una frecuencia de tres, a veces diaria, y durante dos días después de acontecida la reunión. Mientras que el artículo tres establece que todo ayuntamiento publique los ingresos y egresos en un diario de circulación nacional, así como las partidas contables y nivel del presupuesto real, versus el ejecutado. En tanto, el artículo cuarto ordena que todo ayuntamiento, al cierre del año fiscal contable, publique en un diario de circulación nacional las partidas de ingresos, gastos, presupuesto real mensual versus el ejecutado.
La clave
Sanción
El quinto artículo del proyecto del senador plantea que no se le asigne presupuesto para el nuevo año fiscal al ayuntamiento si no cumple con los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente ley. Responsabiliza a la Liga Municipal Dominicana (LMD) de la ejecución, es decir, de la penalización que deba aplicarse a cada cabildo que no cumpla con esta legislación. Al respecto, Matías expresó que Sánchez no conoce la legislación municipal, ya que las funciones de la LMD no son la de castigar a los ayuntamientos que violen normativas relativas a la rendición de cuentas. Dijo que la Ley del Distrito Nacional y los Municipios (176-07) es la que contempla el procedimiento de rendición de cuentas.