Tres meses prisión preventiva contra imputados por muerte de Kylie Rosa

Tres meses prisión preventiva contra imputados por muerte de Kylie Rosa

La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional dictó este martes tres meses de prisión preventiva a tres de los cuatro imputados en la muerte de la niña Kylie Naomi Rosa Alcántara, durante un asalto el pasado sábado 6 de abril en la avenida Máximo Gómez, sector La Zurza.

La medida fue en contra de Josué Alberto Mendoza (Nano), Marcus Anthony Sánchez (Ramirito) y Luis Sander Muñoz Manzueta. Andy Matos (Pichinga) dijo ser menor de edad, por lo que su caso irá a otro tribunal.

Según dijo José Martínez Brito, abogado de la familia de la fallecida, la investigación del Ministerio Público establece que los acusados podrían ser los integrantes de una organización criminal que se dedicaban a ejercer atracos día tras día en la zona de Cristo Rey, así como en sectores aledaños.

«El Ministerio Público ha hecho una investigación que podría acusar de manera inmediata», añadió el jurista Andrés Toribio, quien también representa a los querellantes.

Nano y Luis Sander fueron enviado al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, mientras que Ramirito irá hacia el CCR San Pedro de Macorís.

Cronología del hecho

Según estable el órgano persecutor, el asesinato ocurrió aproximadamente las 12:15 a.m. del citado día, cuando los imputados cometían robo agravado en perjuicio de Anthony Johan García Acosta, y posteriormente Luis fue impactado por un vehículo que transitaba por el lugar, cayendo éste al pavimento. Como represalia, Nano disparó varias veces contra el primer vehículo que estaban viendo, en el cual viajaba Kylie Rosa junto a su madre y su hermana menor.

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Kylie Naomi Rosa Alcántara, víctima mortal

«En la fecha y hora referidas, la víctima Anthony Johan García Acosta se dirigía en compañía de su novia Kimberly Andreina Calletano a bordo de la motocicleta marca Haojue, modelo Express, color rojo, Placa No.K2535761, cuando fueron interceptados por los imputados Josué Alberto Mendoza (a) Nano, Marcus Anthony Sánchez (a) Ramirito, quienes se desplazaban a bordo de una motocicleta marca Haojue, modelo Express, color azul. De inmediato el imputado Josué Alberto Mendoza (a) Nano encañonó a la víctima y a su novia, obligándoles bajo amenaza a que se desmontaran; acto seguido los imputados Luis Sander Muñoz Manzueta y Andy Matos (a) Pichinga, quienes se desplazaban a bordo de la motocicleta marca bóxer, modelo BM150, color rojo, sustrajeron la motocicleta de la víctima y el imputado Luis Sander Muñoz Manzueta tomó la motocicleta de la víctima y huyó rápidamente del lugar en dirección sur-norte», detalles la Fiscalía en la solicitud de medida cautelar.

Agregó: «A unos metros de distancia, mientras escapaba el imputado Luis Sander Muñoz Manzueta fue impactado por un vehículo que transitaba por el lugar, cayendo éste al pavimento y causándole las heridas que presenta; de inmediato los imputados Josué Alberto Mendoza (a) Nano, Marcus Anthony Sánchez (a) Ramirito y Andy Matos (a) Pichinga, al notar que su compañero había caído, hacen retorno para rescatarlo. Como represalia, creyendo que el vehículo que en ese momento estaban viendo había impactado a su coautor Luis Sander Muñoz Manzueta, el imputado Josué Alberto Mendoza (a) Nano disparó varias veces, impactando en el lado izquierdo cristal de la parte trasera al vehículo marca Honda Fit, color rojo, en el cual se desplazaba la víctima Kylie Naomi Rosa Alcántara junto a su madre Kerlin Alcántara Jorge«.

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Imputados por la muerte de Kylie Naomi Rosa Alcántara

Añade que producto del hecho, la infante resultó con una herida por proyectil de arma de fuego con entrada en región retro auricular izquierda sin salida que le causó la muerte, según se hace consta en el acta de levantamiento de cadáver No. 82817 de fecha 06/04/2024.

El Ministerio Público le ha otorgado al presente caso la calificación jurídica de violación a los artículos 265, 266, 295, 304-II, 379 y 385 del Código Penal Dominicano, y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados en el grado de autor material.

Afirma que los acusados tenía conocimiento de la actividad ilícita que estaba realizando y que la misma está sancionada por el Código Penal Dominicano y por la Ley 631-16 y la ley 50-88.

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