Tribunal de UE declara válido reglamento indemniza pasajeros

Tribunal de UE declara válido reglamento indemniza pasajeros

Bruselas.- El Tribunal de Justicia de la UE rechazó ayer las alegaciones de las asociaciones de aerolíneas, y confirmó la validez del reglamento europeo que obliga a las compañías compensar y asistir a sus pasajeros en caso de denegación de embarque, retraso o cancelación de vuelo.

En virtud del reglamento, los pasajeros tienen derecho a atención (comida, alojamiento, teléfono) y a una compensación económica de entre 250 y 600 euros si su vuelo se anula, sufre un gran retraso o se le deniega el embarque, lo que intenta prevenir la práctica del «overbooking» -venta de un número billetes superior al del pasaje-.

La norma está en vigor desde febrero de 2005, pero la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), que representa a unas 270 aerolíneas, con el 98 por ciento del tráfico mundial, y la Asociación de Aerolíneas Europeas de Bajo Coste (ELFAA), que agrupa a diez compañías europeas, han impugnado su aplicación en el Reino Unido ante el Tribunal Superior de Justicia.

Esta instancia elevó posteriormente a la Justicia europea cuestiones judiciales con los argumentos de las compañías, que sostienen que la norma es contraria a los principios jurídicos de motivación, proporcionalidad o igualdad de trato, y viola el Convenio de Montreal, según un comunicado del Tribunal de la UE.

Los jueces europeos han estimado sin embargo que este Convenio se limita a determinar las circunstancias en que los pasajeros pueden iniciar acciones para obtener una reparación en caso de retrasos en sus vuelos, pero no regula las medidas de asistencia y atención.

Entiende que la norma europea no puede, por tanto, considerarse incompatible con el Convenio de Montreal, como aducían las aerolíneas.

El Tribunal de la UE también desestimó la alegación de que el reglamento fue aprobado con vicios de procedimiento y sentenció que el texto de la norma está bien motivado y las compensaciones previstas, ajustadas al objetivo perseguido y proporcionadas.

Las aerolíneas argumentaban asimismo que el reglamento rompe el principio de igualdad de trato en relación a otros medios de transportes. Pero el Tribunal consideró que los pasajeros que sufren una cancelación o gran retraso en su vuelo, se encuentran en una situación objetivamente diferente de la que afrontan los pasajeros de los demás medios de transporte ante incidentes similares

Las aerolíneas de bajo coste estimaban, además, que la norma ignora el principio de igualdad de trato al prever las mismas compensaciones con independencia del coste del billete.

La sentencia tuvo en cuenta en cambio que los perjuicios que sufren los pasajeros son análogos, cualquiera que sea la compañía aérea con la que han contratado y no tienen relación con la política de precios practicada por ésta.

El reglamento, en vigor desde febrero de 2005, estipula que en caso de cancelación de un vuelo, el transportista aéreo debe ofrecer a los pasajeros la posibilidad de escoger entre el reembolso del billete y un transporte alternativo hasta su destino final.

Estos tienen también derecho a recibir atención gratuita (comida, llamadas telefónicas y, en su caso, alojamiento en un hotel) y a una compensación cuyo importe varía en función de la distancia del vuelo, entre 250 y 600 euros.

El transportista aéreo no está obligado a pagar esta compensación si informa de la cancelación del vuelo con al menos dos semanas de antelación respecto de la hora de salida o si ofrece un transporte alternativo satisfactorio o incluso si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias.

En caso de retraso de un vuelo más allá de un tiempo que varía según la distancia, la aerolínea debe ofrecer atención al pasajero.

A partir de cinco horas de retraso, debe ofrecer el reembolso en todos los casos.

 La IATA censura sentencia
Bruselas.- La Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA, en sus siglas en inglés) calificó ayer de «absurda» la sentencia del Tribunal de la UE que confirma la validez del reglamento sobre compensación a los pasajeros en caso de denegación de embarque, retraso o cancelación de vuelos.

«Es un mal día para Europa, para los consumidores, la legislación internacional y la industria aérea», aseguró el director general de la IATA, Giovanni Bisignani, en un comunicado.

La sentencia del Tribunal desestima el recurso contra el reglamento planteado por la IATA, que agrupa a 270 aerolíneas, entre ellas, la mayoría de compañías de bandera del mundo, y la Asociación de Aerolíneas Europeas de Bajo Coste (ELFAA).

Pese a ello, la IATA mantiene que el reglamento europeo es contrario a la Convención de Montreal, que fija estándares internacionales en la materia, al obligar a las aerolíneas a proveerles asistencia en casos ajenos a su responsabilidad, como retrasos debidos al clima o al exceso de tráfico.

Bisignani apuntó que este tipo de «penalización» debilita la legislación internacional y costará a las aerolíneas 700 millones de dólares que, según advirtió, «tendrán que ser recuperados».

«En vez de tener estándares universales, acabaríamos con nada más que caos», auguró Bisignani, que estimó que la norma se enmarca en la «tradición de mala regulación industrial» de la anterior Comisión Europea presidida por Romano Prodi, y no se ajusta al objetivo de competitividad económica fijado por el nuevo Ejecutivo comunitario.

«El resultado limita la competitividad de Europa y no hace nada para mejorar la experiencia de viajar. Aparte de los argumentos legales, resulta desafortunado que el Tribunal haya perdido esta oportunidad de enviar a la nueva Comisión el mensaje claro de que esto es simplemente inaceptable», dijo Bisignani.

La IATA aseguró que seguirá realizando una labor de persuasión para que la regulación europea de la industria aérea se base en «el sentido común».

«(El reglamento de compensaciones) fue la pieza final del legado de fracaso de la Comisión Europea en lo que respecta a la política de transporte. Nos dirigiremos a la actual Comisión para buscar soluciones a muchos defectos reglamentarios», apuntó.

También la Asociación de Aerolíneas Europeas de Bajo Coste mostró hoy su decepción con la sentencia del Tribunal de la UE.

«Esta norma, que no fue objeto de ningún estudio de impacto para determinar su necesidad y su coste, es un ejemplo de legislación perniciosa en conflicto directo con el objetivo de mejorar la competitividad y el empleo», señaló el secretario general de la ELFAA, Jan Skeels, cuya asociación incluye a Ryanair, EasyJet o Air Berlin, entre otras compañías de bajo coste.

Por su parte, la Asociación Europea de Aerolíneas vaticinó que el reglamento aceptado por el Tribunal, en vigor desde febrero de 2005, deteriorará la relación entre las compañías y sus clientes.

«Al crear una atmósfera de expectativas, pero con reglas ambiguas, el reglamento ha instaurado una situación en la que pueden emerger tensiones y confrontaciones», dijo su secretario general, Ulrich Schulte-Strathaus.

En virtud del reglamento, los pasajeros tienen derecho a atención (comida, alojamiento, teléfono) y a una compensación de entre 250 y 600 euros si su vuelo se anula o se rechaza su embarque, lo que intenta prevenir la práctica del «overbooking» -venta de un número de billetes superior al del pasaje. 

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