Tribunal declara inadmisible solicitud de federaciones

Tribunal declara inadmisible solicitud de federaciones

Fachada de la sede central del Comité Olímpico Dominicano, ubicada en la avenida Pedro Henríquez Ureña en el Distrito Nacional.

Doctor Neftalí Santana, representante legal del COD, expuso que acción interpuesta por las federaciones escapaba a la naturaleza del amparo

La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró inadmisible la acción de amparo incoada por las federaciones de esgrima, bádminton, pentatlón moderno, tiro de precisión y surf, a través de su abogado Ronald Santana Nova.

El tribunal había sido apoderado a fin de conocer una acción de amparo colectivo por supuesta violación y amenaza de vulneración de los derechos fundamentales de las citadas federaciones y sus atletas.

En la acción, las federaciones, a través de su representante legal, solicitaban al comité ejecutivo del Comité Olímpico Dominicano (COD) dejar sin efecto las resoluciones de suspensión emitidas el 11 de julio pasado y sustentadas acorde a lo establecido en los artículos 21.7, 54 y 57 de los estatutos del organismo olímpico.

El doctor Neftalí Santana Méndez, representante legal del COD, en sus ponderaciones ante el Tribunal, expuso que la acción interpuesta por las federaciones escapaba a la naturaleza del amparo porque ese recurso era reservado para la protección y garantía de derechos fundamentales. Asimismo, el abogado del COD reclamó al tribunal que no se verifica violación alguna a los derechos fundamentales porque las decisiones tomadas por el ejecutivo del organismo olímpico fueron de naturaleza administrativa, por la actuación.

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