Tribunal emplaza a Claro entregar información a jueza

Tribunal emplaza a Claro  entregar información a jueza

La magistrada Miriam Germán Brito dijo que los aspectos de violación a los reglamentos del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) son cuestiones políticas y de inconstitucionalidad que no admiten disculpa alguna, al referirse a las disculpas ofrecidas por el procurador General de la República, durante una declaración de prensa en la Suprema Corte de Justicia. 13 de marzo del 2019. Foto Pedro Sosa

La compañía Claro-Codetel fue emplazada mediante sentencia a entregar a la magistrada Miriam Germán Brito en diez (10) días las documentaciones que avalan la intervención de su teléfono personal que consten en los registros de la empresa telefónica.
El emplazamiento a la telefónica fue hecho este martes por la jueza Diana P. Moreno Rodríguez, de la Octava Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, acogiendo una Acción Constitucional de Hábeas Data incoada por Germán Brito el 13 de marzo.

Germán Brito solicitó al Tribunal ordenar a Claro-Codetel “la entrega inmediata” de todos los documentos, solicitudes, requerimientos, peticiones, etcétera, que hayan sido realizados a esa compañía por la Procuraduría General, el Ministerio Público, la Policía Nacional y/o cualquier institución pública y/o privada” sobre su número telefónico y que guarden relación con la resolución Judicial de Interceptación Telefónica número 2018-TAUT-09961, emitida el 24 de noviembre del 2018 por la Jurisdicción de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste.
La presidenta de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) solicitó además que se declare expresamente la ejecutoriedad de la sentencia a intervenir, no obstante la oposición de cualquier recurso.
La sentencia. Luego de comprobar la existencia de la orden judicial mediante la cual se autorizó al Inspector general del MP Bolívar Sánchez Veloz a interceptar el teléfono personal de Germán Brito en una investigación contra del nombrado BNI por presunta violación a la Ley de Drogas;
Y que en rueda de prensa Sánchez Veloz estableció “ la inexistencia de un proceso penal ni investigación” abiertos en contra de la magistrada Germán Brito ni de sus propiedades”; y que se trató “de una confusión o un yerro en que incurrió el órgano investigador, y que al darse cuenta no fue utilizada la autorización de referencia”, la jueza Moreno Rodríguez dictó su sentencia número 046-2019-SSEN-00049, cuyo Ordinal Tercero dice:
“Otorga un plazo de diez (10) días a la entidad accionada (Claro-Codetel), a los fines de que cumpla con la orden de este tribunal, de entregar las documentaciones a la parte accionante, la ciudadana Miriam Concepción Germán Brito”.
Este plazo comienza a correr a partir de la notificación de la sentencia.
Telefónica aclara
De acuerdo con la sentencia, CLARO–CODETEL informó que no había obtemperado al requerimiento de Germán Brito porque “Esas informaciones que ha requerido la parte accionante conllevan una serie de elementos y las empresas prestadoras de telecomunicaciones no tienen la libertad de entregarla de manera voluntaria, aún sean requeridas por el propio titular de la información”, conforme a disposiciones legales.
Aclaró que de su parte “no ha habido ninguna arbitrariedad ni negativa ante la solicitud”, sino que como tercero imparcial, le está impedido suministrar esa información sin una orden.

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