La presidencia del Tribunal Superior Administrativo rechazó una solicitud de adopción de medida cautelar anticipada interpuesta por la Federación Nacional Unitaria de Sindicatos y Trabajadores de la Construcción y Afines (Fenustracon) y el señor Domingo Rodríguez, con la cual se pretendía suspender en sus funciones al Consejo Técnico de Administración y Control del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Construcción.
La magistrada Sara Henríquez Marín, juez presidenta del Tribunal, tomó la decisión contenida en su sentencia marcada con el número 033-2010 de fecha 14 de septiembre de 2010, al considerar que la solicitud elevada por Fenustracon y Rodríguez no se trata de un acto administrativo ni su objeto es de la naturaleza cuya finalidad persigue la medida cautelar, por lo que la misma resulta infundada y carente de base legal, al tenor del párrafo I, inciso a, b y c, del artículo 7 de la Ley 13-07, que crea el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo.
Según consigna la nota de prensa, la magistrada, con su decisión, evitó el trastorno administrativo que se hubiese producido si se aceptaba la solicitud presentada por Fenustracon y el señor Domingo Rodríguez.
Las claves
1. Evita daño
Según consigna la nota de prensa, si se acogía dicha medida se le habría ocasionado un perjuicio irreparable a más de dos mil ex trabajadores del área de la construcción.
2. Pensión mensual
Esto así porque reciben su pensión mensualmente de la referida entidad gubernamental que opera como plan complementario sectorial en el actual Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).