Tribunal Superior Electoral haría valer sus múltiples atribuciones

Tribunal Superior Electoral  haría valer sus múltiples atribuciones

El pais.El Tribunal Superior Electoral (TSE) volvió a pronunciarse este lunes en contra de la modificación estatutaria del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), realizada el 3 de diciembre del 2017 la demanda la encaberón, Guido Gómez Mazara, y Tonty Tutinel, Andrés Henríquez, y César Guzmán Antigua.Hoy/Pablo Matos 8-04-2019

El Tribunal Superior Electoral, máxima autoridad en materia contenciosa electoral, está llamado a asumir roles estelares en la dilucidación de conflictos y dictado de sentencias a cualquier nivel del proceso de consulta a la voluntad popular que cursa el país.

Actuará antes, durante y después de las votaciones y la pugnacidad que, suele envolver justas de esta naturaleza, decidiría finalmente el volumen de su carga de trabajo y la suerte de muchas aspiraciones quedarían a su cargo.

Se trata de una corte sin supeditación a organismo alguno del Estado que en el pasado reciente llegó a estar bajo el fuego de artillería de instancias de poder que se propusieron doblegarla tras un fallo que anuló la convención del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) celebrada en diciembre de 2017, durante la cual se designó a sus actuales autoridades aliadas al PLD.

La presión con amenazas que entre bastidores partió desde uno de los principales despachos palaciegos causó alarma en círculos políticos. Hubo además fuertes declaraciones públicas como reacción del oficialismo temeroso de tener que prescindir del menguado perredeísmo.

A las facultades del tribunal no escapan los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos. Su papel ante recursos elevados por tendencias partidarias es: “juzgar y decidir con carácter definitivo”.

La Constitución es clara en cuanto al funcionamiento y atribuciones de la corte, lo mismo que la ley orgánica 29-11 concediendo “carácter autónomo con personalidad jurídica e independencia funcional, administrativa, presupuestaria y financiera”.


Sus actuales miembros son Román Jáquez Liranzo, presidente, y como miembros: los magistrados Ramón Arístides Madera Arias, Rafaelina Peralta Arias, Cristian Perdomo Hernández y Santiago Sosa Castillo. Todos son licenciados o doctores en derecho con doce años de ejercicio profesional o más, han ejercido la docencia universitaria del derecho o se han desempeñado como jueces o fiscales.
La impresión que parece predominar en la opinión pública, que vive pendiente de las demostraciones de probidad, es la de que se trata de un órgano que procede con equidistancia y sentido de respeto a los cánones de sus funciones.
La multiplicidad de asuntos que llegan a las manos del Tribunal Superior Electoral ha hecho que como órgano haya propuesto, sin resultados, reformas institucionales que traspasen a instancias menores, dentro del renglón electoral , el manejo de asuntos contenciosos en paralelo a los objetivos administrativos de las juntas municipales.
Parte de sus funciones. Dentro del período electoral el Tribunal Superior Electorales está encargado de conocer de los recursos de apelaciones contra las decisiones adoptadas por los otros órganos electorales así como de las impugnaciones y recusaciones de los miembros de tales juntas.
Está además en capacidad de ordenar la celebración de nuevas elecciones cuando hubieren sido anuladas de conformidad con la ley así como conocer y decidir de los amparos electorales conforme a las reglas constitucionales y legales.
Adicionalmente, y comprometiendo a este órgano con un considerable volumen de trabajo que no conecta directamente con los procesos electorales está la misión de conocer y decidir sobre las “rectificaciones de actos del Estado Civil” que tengan un carácter judicial. Una parte de estas tareas pueden ser cumplidas con disposiciones administrativas.
Otras son tratadas obligatoriamente por jueces por implicar variaciones de datos o cometer errores graves al levantar actas de nacimiento que afecten el nombre del titular de la identificación.
Sus incumbentes. Los miembros del pleno del TSE son susceptibles de ser sustituidos por renuncias u otras causas mayores incluyendo la recusación y al momento de elegir a los titulares del pleno el Consejo Nacional de la Magistratura designó a sus suplentes que son Marcos Cruz García, Fernán Leandry Ramos Peralta, Jorge Eligio Méndez, Rhina Alessandra Díaz y Rosa Fior D’ Aliza Pérez de García.
Los suplentes llenan los mismos requisitos de preparación y experiencia de los titulares excepto que estos quedan comprometidos con sus funciones a tiempo completo y dedicación exclusiva, incompatible con cualquier desempeño excepto con la docencia de conformidad con la ley.

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