Tripartismo y diálogo social

Tripartismo y diálogo social

La conmemoración del Día Internacional del Trabajo replantea, todos los años, reflexiones vinculadas a aspiraciones y compromisos globales con la justicia, la dignidad de los trabajadores y la equidad social. Dicha conmemoración pone siempre de relieve la importancia del diálogo para la sociedad en su conjunto así como para las relaciones laborales.

A comienzos del siglo pasado, según los analistas, jamás la economía desempeñó un papel tan importante en una guerra (la Primera Mundial, 1914-1918) ni tampoco un enfrentamiento bélico la transformó tanto. La industrialización europea fue crucial para el desarrollo del conflicto y las rutas comerciales se adecuaron al mapa de vencedores y vencidos.

En dicha coyuntura se afirmó una nueva concepción de las relaciones internacionales basada en principios democráticos que se plasmó en la Sociedad de Naciones. El pacto que creó tal Sociedad -precursora de las Naciones Unidas- contemplaba la abolición gradual de las barreras aduaneras e instauró la Organización Internacional del Trabajo (OIT): comercio y empleo, dos temas fundamentales aún hoy.

Pirenne en su “Historia Universal” señaló: “Era una iniciativa atrevida y feliz. La OIT, organismo independiente, aunque teóricamente integrado en la Sociedad de Naciones, introducía un principio nuevo en cuanto a representación de los estados miembros: cada uno de ellos enviaba cuatro delegados, dos de los cuales representaban al gobierno, uno a la clase patronal y uno a la clase obrera. La labor de la OIT consistía en proponer a los estados las reformas relativas a la organización del trabajo, de la higiene y de la seguridad social”.

La OIT es la única agencia de Naciones Unidas integrada por representantes de la sociedad civil (empleadores y trabajadores) así como de gobiernos. Ella es expresión de la tendencia democratizadora de la vida internacional. La dinámica en que se sustenta y que promueve, por más de 90 años, es el tripartismo: el diálogo entre los actores permanentes del mundo productivo -trabajadores y empleadores- y la autoridad política. El propósito: generar consensos que permitan crecimiento, más y mejores empleos, progreso social y gobernabilidad democrática.

El diálogo social efectivo es clave para la integración. Bien utilizado, promueve la productividad y competitividad de las empresas y países, ayuda a mejorar las condiciones laborales, aumenta la capacidad para el tratamiento pacífico de los conflictos laborales (previniendo sus efectos y pérdidas potenciales) y reduce los costos de las transacciones económicas. Una condición esencial para que dicho diálogo sea productivo es su institucionalización a través de organizaciones de empresarios y de trabajadores sólidas.

La cultura del diálogo tiene, en el mundo del trabajo, dos pilares fundamentales: la libertad sindical y la negociación colectiva.

En San Francisco (1948), tomando en consideración que las libertades de expresión y de asociación son esenciales para el progreso humano, la Conferencia Internacional del Trabajo aprobó el Convenio 87 por el que se reconoce que “los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas” (art. 2). Dichas organizaciones, respetando la legalidad, “tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal” (art. 3). Además se precisa que las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.

Al año siguiente la Conferencia aprobó la Convención 98 que señala: “Deberán adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de empleadores, por una parte, y las organizaciones de trabajadores, por otra, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo” (art. 4). Todos los países del istmo centroamericano y la República Dominicana han ratificado los Convenios 87 y 98 y los han incorporado en su ordenamiento legal. Tarea pendiente es su plena vigencia, respeto y mayor utilización.

El diálogo social y el tripartismo son idóneos para reforzar el compromiso y las políticas laborales orientadas a la promoción del trabajo decente y la justicia social en las democracias.

El autor es Director de la OIT para Centroamérica, Haití, Panamá y República Dominicana.

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