TSA llama a Indotel y telefónicas revisar cláusulas abusivas de contratos

TSA llama a Indotel y telefónicas  revisar  cláusulas abusivas de  contratos

Tribunal Superior Administrativo.

La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) notificó al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) y a las empresas prestadoras de servicios de telefonía que deben cumplir en un plazo de treinta días con la sentencia de esa corte que ordena revisar las cláusulas abusivas de los contratos de adhesión con los clientes.
La sentencia fue dictada el 22 de noviembre de 2013 y la notificación del TSA al Indotel fue hecha la pasada semana por el alguacil de estrado Dolio A. Javier Minaya, a fin de que el órgano regulador de las telecomunicaciones cumpla con el mandato de revisar las cláusulas contractuales lesivas a los intereses de los usuarios.

Para el abogado Namphi Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho, “ha habido una ostensible inercia de las autoridades para hacer cumplir esa sentencia y terminar con la práctica de cláusulas abusivas, como la que sujeta a los clientes a 18 meses de permanencia o al pago de onerosas penalidades”.

“Ha faltado voluntad política para defender los derechos de los usuarios de las telecomunicaciones y pese a la sentencia, subsiste un gran número de contratos que desconocen derechos de los usuarios”, dijo.

La sentencia fue firmada por los jueces Rafael Ciprián, presidente en funciones; Mildred Grullón y Evelin Torres, miembros, quienes dictaron su disposición en noviembre de 2013, pese a lo cual Indotel no ha cumplido con la revisión de los contratos y su posterior remisión a Proconsumidor para registro.

En su dispositivo séptimo, los magistrados condenaron al Indotel al pago de una astreinte de mil pesos diarios por cada día de retardo en el cumplimiento de la sentencia.

A raíz de la sentencia, Indotel suscribió un acuerdo con Proconsumidor para la revisión de los contratos de las telefónicas. Sin embargo, dicha entidad no ha cumplido con el mandato de la sentencia, puesto que aún subsisten las cláusulas abusivas en los contratos.

La Ley 358-05, de Protección a los Derechos del Consumidor y Usuario, ordena que los contratos de prestación de servicios de las empresas telefónicas se deben registrar en Proconsumidor, para que este órgano realice la revisión de los mismos conjuntamente con Indotel.
Fundación Prensa y Derecho citó dentro de las cláusulas más gravosas, aquella que obliga a los clientes a permanecer 18 meses atados a un servicio de telecomunicaciones o, de lo contrario, pagar altas sumas económicas por penalidades.

Explicaron que la existencia de esas estipulaciones constituye una seria violación de los artículos 53 de la Constitución, del 2 de la Ley 358-05, General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, así como de la propia Ley 153-98 de Telecomunicaciones.

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